Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 199 de 09/10/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 26 de septiembre de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 648/2011.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00034704.

NIG: 4109144S20110007818.

Procedimiento: Social Ordinario 648/2011. Negociado 1I.

De: Don José Antonio Mije Soto, don Evaristo Grueso Ruiz y don Enrique Borrero Méndez.

Contra: Don Ángel Albea Romero, Fondo de Garantía Salarial, Albeasur Albea Recambios y Talleres del Sur, S.A., Equipos y Servicios Albea-Tecno Albea, S.A., y Ángel Albea, S.A.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 648/2011 a instancia de la parte actora don José Antonio Mije Soto, don Evaristo Grueso Ruiz y don Enrique Borrero Méndez contra don Ángel Albea Romero, Fondo de Garantía Salarial, Albeasur Albea Recambios y Talleres del Sur, S.A., Equipos y Servicios Albea-Tecno Albea, S.A., y Ángel Albea, S.A., sobre Social Ordinario se ha dictado Sentencia de fecha 21 de junio de 2013, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por Enrique Borrero Méndez, Evaristo Grueso Ruiz y José Antonio Mije Soto contra las demandadas Albeasur Albea Recambios y Talleres del Sur, S.A., Fondo de Garantía Salarial, Ángel Albea, S.A., el administrador concursal don Rafael Medina Pinazo, Equipos y Servicios Albea-Tecno Albea, S.A., y Ángel Albea Romero debo condenar y condeno a la demandada Albeasur Albea Recambios y Talleres del Sur, S.A., a que abone a los actores:

Enrique Borrero Méndez: 22.600,26 euros.

Evaristo Grueso Ruiz: 12.549,09 euros.

José Antonio Mije Soto: 4.226,30 euros.

Y debo condenar y condeno al Fondo de Garantía Salarial a que abone a cada uno de los actores las siguientes cantidades:

Enrique Borrero Méndez: 10.678,44 euros.

Evaristo Grueso Ruiz: 6.692,86 euros.

José Antonio Mije Soto: 2.253,97 euros.

Procede absolver libremente a Ángel Albea, S.A., Equipos y Servicios Albea-Tecno Albea, S.A., y Ángel Albea Romero de los pedimentos de la demanda todo ello sin hacer pronunciamiento respecto del Administrador Concursal don Rafael Medina Pinazo.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, debiendo ser anunciado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Ángel Albea, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintiséis de septiembre de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF