Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 11/10/2013

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 4 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan tarifas de transporte urbano colectivo del municipio que se cita. (PP. 2400/2013).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00033270.

De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9  del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.4 del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVO

Autorizar las tarifas de Transporte Urbano Colectivo aprobadas por el Ayuntamiento del Rincón de la Victoria que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas.

ConceptoIVA incluido

Billete ordinario1,20 euros

Bono de 10 viajes o más, (0,80 euros viaje)8,00 euros (bono 10 viajes)

Pensionistas: Carnet gratuito0,00 euros

Billete estudiante y pensionista sin carnet gratuito0,70 euros

(tarjetas-monedero de 10 viajes)7,00 euros

Esta Resolución surte efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad de la misma, y de ella se deberá informar expresamente a los usuarios del servicio hasta tanto no se publiquen en el citado boletín, exhibiéndola en un lugar visible del Servicio.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de septiembre de 2013.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

Descargar PDF