Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 21/10/2013

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Anuncio de 14 de octubre de 2013, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Málaga, por el que se hace público el Acuerdo de 13 de junio de 2013 de la Sección de Urbanismo, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga, relativo a Corrección de Error Material del PGOU de Antequera en Plano PB1-08, de Calificación, Usos y Sistemas, del núcleo urbano de La Joya, del municipio de Antequera (Málaga).

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Para general conocimiento se hace público el Acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga en sesión celebrada el 13 de junio de 2013 por el que se resuelve proceder a la corrección de error de grafismo en el Plano PB1-08 de Calificación, Usos y Sistemas del núcleo urbano de La Joya, en C/ Alameda, núm. 15, del PGOU de Antequera.

De conformidad con lo establecido en el artículo 41, apartados 1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se dispone la publicación del Acuerdo adoptado, según el contenido del Anexo I, previa anotación accesoria y depósito en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados en el número de registro 4421).

ANEXO I

TEXTO DEL ACUERDO

ACUERDO DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO. SECCIÓN URBANISMO. MÁLAGA

La Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga en sesión MA/02/2013 celebrada el 13 de junio de 2013 adopta el siguiente acuerdo:

Expte.: EM-AQ-57.

Municipio: Antequera (Málaga).

Asunto: Corrección de error material del PGOU, en el plano PB1-08 de Calificación, usos y sistemas, del núcleo urbano de «La Joya», en C/ Alameda, núm. 15.

ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 10 de junio de 2010, en sesión MA/03/2010, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga (CPOTU) acuerda la aprobación definitiva de manera parcial, en los términos del artículo 33.2.c) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Antequera, aprobado provisionalmente el 19 de marzo de 2010, supeditando su registro y publicación a la subsanación de las deficiencias recogidas en el apartado A) del Acuerdo, denegando las determinaciones contenidas en el apartado B) y suspendiendo las que se relacionan en el apartado C) del mismo.

Segundo. Con fecha 20.5.2013, reg. de entrada núm. 5152, tiene entrada en esta Delegación Territorial documentación remitida por el Ayuntamiento de Antequera, diligenciada con la fecha de aprobación del Pleno de 15 de abril de 2013, relativa al cambio de calificación urbanística de un solar urbano de 66 m2, de viario a suelo urbano con ordenanza Residencial Popular, al haberse realizado en el documento de Revisión del PGOU una incorrecta apreciación del perímetro que delimita los viales de suelo urbano. Se aporta plano PB1-08 de Calificación, Usos y Sistemas, del núcleo urbano «La Joya», C/ Alameda, núm. 15.

Tercero. Con fecha 30 y 31 de mayo se emiten informes por técnicos adscritos al Servicio de Urbanismo de esta Delegación Territorial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. Competencia.

El artículo 105 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

El artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de las Administraciones Públicas de la Junta de Andalucía, establece que la rectificación de los errores materiales, de hecho o aritméticos corresponderá al propio órgano administrativo que haya dictado el acto.

Por otra parte, la Normativa del PGOU de Antequera, aprobada definitivamente, en su artículo 1,1,12, sobre criterios de interpretación del Plan General establece que los simples errores materiales o de hecho que se detecten se resolverán mediante acuerdo de la administración u órgano que adoptó el acuerdo de aprobación definitiva en los términos que legalmente estén establecidos, pudiendo en todo caso el Ayuntamiento promoverlos.

Dado que el Acuerdo de aprobación del PGOU de Antequera se adoptó por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga, recae en este órgano la competencia para resolver sobre este asunto.

2. Informe Servicio de Urbanismo.

Según informe emitido por el Servicio de Urbanismo el 31.5.2013:

«(...) Objeto, justificación y parámetros urbanísticos.

El objeto de esta corrección de error material del PGOU de Antequera es cambiar la calificación urbanística de un solar urbano con 66 m2 de superficie, situado en la calle Alameda 15 del núcleo urbano de la Joya, en el término municipal de Antequera.

Se propone cambiar la calificación de dicho solar, de viario a ordenanza Residencial Popular, igual que el resto de edificaciones de esa zona del núcleo urbano de la Joya, manteniéndolo como estaba en el anterior PGOU de Antequera.

Dicho solar urbano, ahora sin construir, se grafía como viario en el actual PGOU de Antequera.

El solar estaba calificado como suelo urbano con ordenanza Residencial Popular en el anterior PGOU de Antequera, según consta en el plano aportado por el Ayuntamiento.

En el plano catastral figura para dicho solar un uso industrial, y fecha de construcción el año 1900.

El actual PGOU de Antequera no prevé la obtención de este suelo para viario, por lo que entendemos que se trata de un error gráfico del actual PGOU, ya que en la ortofoto es fácil confundir el solar sin construir o techar con el vial colindante.

Análisis del expediente.

Tras el estudio de la documentación presentada, y de acuerdo con lo establecido en la legislación y normativa urbanística vigente, se informa lo siguiente:

• Se aporta copia del plano PB1-08, actual y corregido, del PGOU de Antequera aprobado definitivamente por la CPOTU el 10-jun-2010, plano de Calificación, Usos y Sistemas, del núcleo urbano de la Joya, del término municipal de Antequera.

• No se observan desajustes respecto a la legislación y normativa urbanística vigente.

Conclusión.

De acuerdo con lo expuesto, se emite informe técnico favorable.»

De conformidad con la propuesta formulada por la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, en virtud de lo establecido por el artículo 11.1 del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre; vistas la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás normativa de aplicación, la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por unanimidad de los miembros asistentes con derecho a voto,

ACUERDA

1.º Proceder, de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, a la corrección del error de grafismo en el plano PB1-08 de Calificación, usos y sistemas, del núcleo urbano de «La Joya», en C/ Alameda, núm. 15. del Plan General de Ordenación Urbanística de Antequera (Málaga).

2.º Acordar la anotación accesoria en el asiento número 4421 del Registro de Instrumentos Urbanísticos Autonómico, del Acuerdo de la corrección del error.

3.º Publicar la presente Resolución, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo establecido por el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

El presente Acuerdo podrá ser objeto de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación o publicación, según prevé el artículo 23.3 del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, en relación con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En Málaga, a 13 de junio de 2013. El Vicepresidente Segundo de la Comisión. Sección Urbanismo. Fdo.: Javier Carnero Sierra.

Málaga, 14 de octubre de 2013.- El Delegado, Javier Carnero Sierra.

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