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Don Francisco José Calvo Pozo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tocina (Sevilla).
Hago saber: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el 7 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto-Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 25 de noviembre de 2011, se procedió a delegar en el organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF) perteneciente a la Diputación Provincial de Sevilla la gestión tributaria y recaudatoria de determinados tributos, en particular los siguientes:
CONCEPTO |
GESTIÓN TRIBUTARIA |
GESTIÓN RECAUDADORA | INSPECCIÓN |
GESTIÓN CENSAL |
I.B.I. | X | X | ||
I.A.E. | X | X | X | X |
I.V.T.M. | X | X | X | X |
I. INCRE MENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA |
X | |||
I.C.I.O. | X | |||
OTROS RECURSOS MUNICIPALES (*) | X | X | ||
CUALQUIER RECURSO MUNICIPAL EN EJECUTIVA | X |
(*) Tasa de entrada de vehículos.
SE ASUME POR EL AYUNTAMIENTO LA DISTRIBUCIÓN DE LAS NOTIFICACIONES
PROPIAS (CLÁUSULA QUINTA) SÍ □ NO ⊠
La gestión tributaria del IVTM delegada es la que actualmente está vigente, es decir, liquidaciones de altas y bajas.
La firma del Convenio de Delegación se produjo el 10 de abril de 2012.
Lo que se hace público de conformidad con el artículo 106 citado de la LRBRL y el art. 7.2 del TRLHL en los Boletines Oficiales de la Provincia de Sevilla y de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para general conocimiento.
Tocina, 9 de noviembre de 2012.- El Alcalde-Presidente, Francisco José Calvo Pozo.
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