Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 15/11/2013

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Anuncio de 25 de septiembre de 2013, del Ayuntamiento de Marbella, por el que se da publicidad al Acuerdo de 13 de agosto de 2013, adoptado en ejecución de sentencia dictada en el Procedimiento Abreviado núm. 450/09. (PP. 2588/2013).

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En cumplimiento de la sentencia firme núm. 168/13, dictada en el Procedimiento Abreviado núm. 450/09, seguido en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cuatro de Málaga, con motivo del recurso interpuesto por don Manuel Javier Cuadra Merino a la Resolución de fecha 11.5.2009 en la que fueron nombrados 24 policías locales como funcionarios de carrera en el Excmo. Ayuntamiento de Marbella, se hace necesario proceder al nombramiento del Tribunal Calificador al objeto de «efectuar una nueva calificación de la pregunta 15 de la prueba de conocimiento, declarando como válida la respuesta d) a la misma, con respecto a la totalidad de los aspirantes que accedieron a la mencionada prueba, con todas las consecuencias legalmente inherentes», a tal efecto la Junta de Gobierno Local de fecha 13.8.13, punto 7, aprobó la composición del Tribunal Calificador, y que queda como sigue:

1. Tribunal Calificador.

1.1. El Tribunal Calificador estará constituido por los siguientes miembros:

Presidenta: La Sra. Alcaldesa o Concejal en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales.

Un vocal designado por la Junta de Personal de la Corporación.

Dos vocales designados por la Alcaldía-Presidencia:

- La Jefa del Servicio de Contratación, Compras Centralizadas y Gestión de Subvenciones, actuando como suplente el Jefe de Servicio de Gestión Tributaria.

- El Jefe de Servicios de RR.HH., Organización y Calidad, actuando como suplente la Jefa de Servicios de Asuntos Judiciales.

Secretario: El Titular de Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local o funcionario en quién delegue, con voz y sin voto.

1.2. Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.

1.3. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

1.4. El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos Vocales y el Secretario. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el proceso, velar por el buen desarrollo del mismo y calificar nuevamente la prueba de conocimiento objeto de controversia, con respecto a la totalidad de los aspirantes que en su momento accedieron a ella y con todas las consecuencias legalmente inherentes.

1.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos de los arts. 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

1.6. A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría segunda.

1.7. La Junta de Gobierno Local dará cuenta del resultado al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cuatro de Málaga, en ejecución de la Sentencia.

Marbella, 25 de septiembre de 2013.- La Alcaldesa-Presidente, Ángeles Muñoz Uriol.

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