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El artículo 15.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, establece que el número de puestos escolares en los referidos centros educativos se fijará por Orden de la Consejería competente en materia de educación, teniendo en cuenta el número máximo de niños y niñas por unidad escolar que se recoge en el artículo 14 del mencionado Decreto y las instalaciones y condiciones materiales establecidas en el mismo, considerando igualmente lo establecido en su disposición adicional primera.3 para los centros educativos incompletos.
La escuela infantil «Luis Siret», código 04009496, de Cuevas del Almanzora (Almería), cuyo titular es el Ilmo. Ayuntamiento del Cuevas de Almanzora, cuenta con autorización para 5 unidades con 81 puestos escolares.
Visto el expediente promovido por dicho Ayuntamiento para la modificación de la citada escuela infantil, a propuesta de la Dirección General de Planificación y Centros y en virtud de lo establecido en el citado artículo 15.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo,
DISPONGO
Primero. Autorizar la modificación de su capacidad, en cuanto al número de unidades y puestos escolares de primer ciclo de educación infantil, a la escuela infantil «Luis Siret», de Cuevas del Almanzora (Almería), código 04009496, que quedará configurada con 9 unidades para 135 puestos escolares.
Segundo. El funcionamiento de los puestos escolares que se incrementan por la presente Orden estará supeditado a la modificación del convenio suscrito con el Ayuntamiento titular de la citada escuela infantil, al que se refiere el artículo 51 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, para la financiación de los nuevos puestos escolares que se autorizan, estando sujeta dicha modificación a la planificación educativa de la red de escuelas y centros de educación infantil de primer ciclo y a las disponibilidades presupuestarias.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 12 de septiembre de 2012
María del Mar Moreno Ruiz | |
Consejera de Educación |