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Don Juan Manuel Gómez Pardo, Secretario Judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.
Certifico: Que en esta Sala y Sección se tramita recurso contencioso-administrativo, con el núm. 867/2004-K, seguido a instancia de don Jesús Catalán Sesma y don Francisco Jesús Almazán Gil, contra la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía sobre Orden de 3 de marzo que convoca concurso de méritos para proveer farmacias.
En dicho procedimiento se dictó Sentencia por esta Sala-Sección Primera, núm. 1595/2012, con fecha 21.5.2011, declarada firme en el día de hoy, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«FALLO
Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo deducido por don Jesús Catalán Sesma y don Francisco Jesús Almazán Gil contra la Orden de 3 de marzo de 2003, que desarrolla el anterior Decreto 353/03, y que procede a convocar concurso de méritos para prever oficinas de farmacia en el territorio andaluz; y consecuentemente, se anula la referida Orden por no ser ajustada a derecho.
Sin especial pronunciamiento en costas.*.».
Y para que conste, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que ordena la publicación del Fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en que lo hubiera sido la disposición anulada, extiendo la presente en Granada, a 23 de enero de 2013.- El Secretario.
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