Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 19/12/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de junio de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1060/2011. (PP. 2054/2013).

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NIG: 4109142C20110031384.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1060/2011. Negociado: 3i.

De: don Manuel Domínguez Durán y doña Josefa Eulogia Trejo Montano.

Procuradora: Sra. María Cruz Forcada Falcón.

Contra D/ña.: Francisco Carlos Martínez Español, María Teresa Lupiañez García Tapial, José María Cacheiro Ruiz, José Antonio Martínez Español, Miguel Ánguel Martínez Español, Fernando Díaz Estevez y otros. Francisco Pareja Ruiz, Gabriel Lupiañez García Tapial, Salud Lupiañez García Tapial, Cruz Martínez Gómez, Pilar Vázquez Pedreira, Manuel López Luján, Encarnación Collantes García, María Isabel Lupiañez García Tapial, María Reyes Hernández Escudé, José Queraltó Dastis, Carmen Rivero Ángulo, María Salas Garrido, Pedro Antonio Ruiz Pérez, Aurora Ortiz Salas, Alfonso Rodríguez Ortiz, Francisco García Herrera, María Regla Benítez Guillén, Miguel Abad Castro, Josefa Román Pérez, Ramón Cubero Salmerón, María Del Carmen García García, Antonio Pérez Rodríguez, Catalina Valiente Bazquez, Antonio Romero Pan, Andrea López Arcos, Enrique Grosso Valcarce, María del Carmen Casaline Falcón, Antonio Pallares Huertas, María Luisa Serrano Pérez, Ángel Azofra Negrón, Asunción García Franzón y otros, José Martínez Cánovas, Antonia Español Caparrós, Francisca Ferrer Herrera, Isabel Ojeda Liñán, Emilio Pujol Álvarez, Isabel Llave Vallarino, Gloria Rocha Ríos, Adolfo Rodrígo Arribas, Francisco Bretones García, Juan Barrionuevo Lorente, Rafael Cacheiro Ruiz, Dolores Ruiz Dorado, Prospero Ricardo Roldán Barbero, Ángeles Ruiz Galvez y Ignacio Cubero García.

Procurador/a Sr./a.: Natalia Martínez Maestre, María del Pilar Penella Rivas, Jesús Escudero García y Pedro Campos Vázquez.

EDICTO

don José Manuel Salto Chicano, Secretario del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Sevilla.

Hago saber

Que en este Juzgado se siguen autos de Juicio Ordinario, núm. 1060/11-3i, a instancias de don Manuel Domínguez Durán y doña Josefa Eulogia Trejo Montano, representados por doña María de la Cruz Forcada Falcón y asistidos de letrado contra don Francisco Pareja Ruiz y doña Encarnación Collantes García, don Antonio Romero Pan y doña Andrea López Arcos, don Enrique Grosso Valcarce y Doña María del Carmen Casaline Falcón, don Antonio Pallares Huertas y doña María Luisa Serrano Pérez, don Ángel Azofra Negrón, y doña Asunción García Franzón, don José María Martínez Cánovas y los herederos de doña Antonia Español Caparros, doña María Salas Garrido, don Fernando Díaz Estévez, don Pedro Antonio Ruiz Pérez, doña Aurora Ortiz Salas, don Alfonso Rodríguez Ortiz, don Francisco García Herrera y doña María Regla Benítez Guillén, don Miguel Abad Castro y doña Josefa Román Pérez, los herederos de don Ramón Cubero Salmerón y doña María del Carmen García García, don Antonio Pérez Rodríguez y doña Catalina Valiente Bazquez, don Cruz Martínez Gómez y doña Pilar Vázquez Pedreira, don Manuel López Luján y doña Isabel Ojeda Liñán, don Emilio Pujol Álvarez y doña Isabel Llave Vallarino, doña Gloria Rocha Ríos, don Adolfo Rodrigo Arribas, don Francisco Bretones García, don Juan Barrionuevo Llorente y doña Francisca Ferrer Herrera, los herederos de don Rafael Cacheiro Ruiz y doña Dolores Ruiz Dorado, don Próspero Ricardo Roldán Barbero y doña Ángeles Ruiz Gálvez. doña María Teresa Lupiáñez García Tapial, don Gabriel Lupiáñez García Tapial, doña María Isabel Lupiáñez García Tapial, doña Salud Lupiáñez García Tapial, doña María Reyes Hernández Escudé, don José Queraltó Dastis y doña Carmen Rivero Angulo, en los que se ha dictado en fecha 19.6.13 la resolución cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 133/2013

En la Ciudad de Sevilla a 19 de junio de dos mil trece.

El Ilmo. Sr. don Fernando García Campuzano Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Dieciocho de Sevilla y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario 1060/11-3i. seguidos ante este Juzgado a instancias de don Manuel Domínguez Durán y don Josefa Eulogia Trejo Montaño, representados por doña María de la Cruz Forcada Falcón y asistidos de letrado contra don Francisco Pareja Ruiz y doña Encarnación Collantes García, don Antonio Romero Pan y doña Andrea López Arcos, don Enrique Grosso Valcarce y doña María del Carmen Casaline Falcón, don Antonio Pallares Huertas y doña María Luisa Serrano Pérez, don Ángel Azofra Negrón, y doña Asunción García Franzón, don José María Martínez Cánovas y los herederos de doña Antonia Español Caparrós, doña María Salas Garrido, don Fernando Díaz Estévez, don Pedro Antonio Ruiz Pérez, doña Aurora Ortíz Salas, don Alfonso Rodríguez Ortiz, don Francisco García Herrera y doña María Regla Benítez Guillén, don Miguel Abad Castro y doña Josefa Román Pérez, los herederos de don Ramón Cubero Salmerón y doña María del Carmen García García, don Antonio Pérez Rodríguez y doña Catalina Valiente Bazquez, don Cruz Martínez Gómez y doña Pilar Vázquez Pedreira, don Manuel López Luján y doña Isabel Ojeda Liñán, don Emilio Pujol Álvarez y doña Isabel Llave Vallarino, doña Gloria Rocha Ríos, don Adolfo Rodrigo Arribas, don Francisco Bretones García, don Juan Barrionuevo Lorente y doña Francisca Ferrer Herrera, los herederos de don Rafael Cacheiro Ruiz y doña Dolores Ruiz Dorado, don Próspero Ricardo Roldán Barbero y doña Ángeles Ruiz Gálvez, doña María Teresa Lupiáñez García Tapial, don Gabriel Lupiáñez García Tapial, doña María Isabel Lupiáñez García Tapial, doña Salud Lupiáñez García Tapial, doña María Reyes Hernández Escudé, don José Queraltó Dastis y doña Carmen Rivero Angulo.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña María de la Cruz Forcada Falcón, en nombre y representación de don Manuel Domínguez Durán y doña Josefa Eulogia Trejo Montaño, contra don Francisco Pareja Ruiz y doña Encarnación Collantes García, don Antonio Romero Pan y doña Andrea López Arcos, don Enrique Grosso Valcarce y doña María del Carmen Casaline Falcón, don Antonio Pallares Huertas y doña María Luisa Serrano Pérez, don Ángel Azofra Negrón y doña Asunción García Franzón, don José María Martínez Cánovas y los herederos de doña Antonia Español Caparrós, Doña María Salas Garrido, don Femando Díaz Estévez, don Pedro Antonio Ruiz Pérez, doña Aurora Ortiz Salas, don Alfonso Rodríguez Ortiz, don Francisco García Herrera y doña María Regla Benítez Guillén, don Miguel Abad Castro y doña Josefa Román Pérez, los herederos de don Ramón Cubero Salmerón y doña María del Carmen García García, don Antonio Pérez Rodríguez y doña Catalina Valiente Bazquez, don Cruz Martínez Gómez y doña Pilar Vázquez Pedreira, don Manuel López Luján y doña Isabel Ojeda Liñán, don Emilio Pujol Álvarez y doña Isabel Llave Vallarino, doña Gloria Rocha Ríos, don Adolfo Rodrigo Arribas, don Francisco Bretones García, don Juan Barrionuevo Lorente y doña Francisca Ferrer Herrera, los herederos de don Rafael Cacheiro Ruiz y doña Dolores Ruiz Dorado, don Próspero Ricardo Roldán Barbero y doña Ángeles Ruiz Gálvez, doña María Teresa Lupiáñez García Tapial, don Gabriel Lupiáñez García Tapial, doña María Isabel Lupiáñez García Tapial, doña Salud Lupiáñez García Tapial, doña María Reyes Hernández Escudé, don José Queraltó Dastis y doña Carmen Rivero Angulo, debo declarar y declaro que los actores son propietarios con carácter ganancial y en pleno dominio de la totalidad de las fincas registrales 8973 y 9071 inscritas en el Registro de la Propiedad número 8 de Sevilla descritas en la demanda, debo ordenar y ordeno la inscripción en el Registro de la Propiedad a favor de los actores del pleno dominio del cien por cien de las expresadas fincas y la cancelación de las inscripciones contradictorias, y debo condenar y condeno a los demandados a estar y pasar por las anteriores declaraciones, debiendo librarse, una vez sea firme la sentencia, mandamiento el Registro de la Propiedad número 8 de Sevilla a fin de que se inscriba a favor de los actores el pleno dominio con carácter ganancial del cien por cien de las indicadas fincas registrales, con cancelación de las inscripciones contradictorias con las declaradas, sin realizar imposición de costas procesales del presente procedimiento.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, el cual deberá ser interpuesto por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a su notificación.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 4090 0000 04 1069 11, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Únase la presente al Libro de Sentencias, quedando testimonio en los autos.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el llmo. Sr. Magistrado-Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de los codemandados don Francisco Pareja Ruiz, doña Encarnación Collantes García, don Ángel Azofra Negrón, don José María Martínez Cánovas, don Pedro Antonio Ruiz Pérez. doña Aurora Ortiz Salas, don Alfonso Rodríguez Ortiz, don Miguel Abad Castro, doña Cruz Martínez Gómez, doña Pilar Vázquez Pedreira, don Manuel López Luján. doña Isabel Ojeda Liñán, don Emilio Pujol Álvarez, doña Isabel Llave Vallarino, doña Gloria Rocha Ríos, don Juan Barrionuevo Lorente, doña Francisca Ferrer Herrera, doña Dolores Ruiz Dorado, don Próspero Roldán Barbero, doña Salud Lupiáñez García Tapial, doña Carmen Rivero Ángulo, doña Ángeles Ruiz Gálvez, don Antonio Romero Pan, doña Andrea López Arcos, doña María del Carmen Casaline Falcón, herederos de don Ramón Cubero Salmerón y los herederos de don Antonio Pérez Rodríguez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Sevilla, a diecinueve de junio de dos mil trece.- El Secretario.

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