Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 06/02/2013

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 28 de enero de 2013, de la Dirección General de Movilidad, sobre notificación de resolución de recurso de alzada recaída en expediente sancionador en materia de transportes.

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SE-821/2009.

En cumplimiento de lo dictaminado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Sevilla en Sentencia núm. 250/2012, de fecha 12 de septiembre de 2012, recaída tras recurso contencioso- administrativo interpuesto por Ttes. Rapidos Sevillanos, S.L., contra Resolución de la Dirección General de Transportes y Movilidad, de fecha 15 de octubre de 2009, disponiendo en su parte dispositiva la nulidad del acto impugnado por no ser ajustada a derecho, con retroacción de las actuaciones a fin de que por el órgano administrativo competente se entre a conocer sobre el fondo del asunto, e intentada la notificación, sin haberse podido practicar, de la Resolución, de fecha 20 de diciembre de 2012, dictada por Dirección General de Movilidad en cumplimiento de la citada sentencia, se hace pública por medio del presente anuncio la notificación de dicha resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significándole que podrá el interesado dirigirse al Servicio de Inspección y Sanciones de la Dirección General de Movilidad, sito en Avda. Diego Martínez Barrio, núm. 10, de Sevilla, para conocer el texto íntegro del acto administrativo.

Contra las citadas resoluciones cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley.

De no haberse efectuado el abono de la correspondiente sanción, podrá hacerse efectiva voluntariamente en el plazo de 15 días a partir del siguiente al de la presente publicación. Transcurrido dicho plazo, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sirviendo la presente de previo apercibimiento, a los efectos previstos en el artículo 95 de dicha norma.

Sevilla 28 de enero de 2013.- El Director General, José Luis Ordóñez Fernández.

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