Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 07/02/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 8 de mayo de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga, dimanante de procedimiento verbal núm. 2045/2011. (PP. 88/2013).

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NIG: 2906742C20110043049.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 2045/2011. Negociado: 05.

Sobre: Verbal tráfico.

De: Doña Consorcio Compensación Seguros.

Contra: Liberty y don Constantin Constantin Jenel.

Procurada: Sra. María José Pérez Caravante.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 2045/2011, seguido a instancia de Consorcio Compensación Seguros frente a don Constantin Constantin Jenel se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 83/2012

En Málaga, a veintiuno de marzo de dos mil doce.

Vistos por mí, doña Ana Matilla Rodero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dieciocho de los de esta localidad, los presentes autos de Juicio Verbal, registrado con el número 2045/2011, y seguido entre partes de una y como demandante el Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por la Letrada sustituta del Abogado del Estado, y de otra y como demandados don Constantin Constantin Jenel, provisto del NIE núm. X-9362909-T, en situación procesal de rebeldía, y la entidad Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, con domicilio social en Madrid, calle Obenque, número 2, provista del CIF núm. A-48037642, representada por la Procuradora doña María José Pérez Caravantes y asistida por el Letrado don Emilio Peralta Fischer, sobre reclamación de cantidad, y atendidos los siguientes

FALLO

Que, estimando la demanda formulada por el Consorcio de Compensación de Seguros, asistido por el Letrado del Abogado del Estado, contra don Constantin Constantin Jenel, en situación procesal de rebeldía, y la entidad Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, representada por la Procuradora doña María José Pérez Caravantes, debo condenar y condeno a los expresados demandados a que satisfagan solidariamente a la actora la cantidad de mil ochocientos doce euros sesenta y dos céntimos (1.812,62 euros), así como al pago de los intereses de dichas cantidades, desde la interpelación judicial hasta su completo pago, calculados al tipo de interés legal del dinero, incrementado en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución, por lo que se refiere al condenado Sr. Constantin Jenel, consistiendo tales intereses respecto de la aseguradora condenada en el referido interés legal, incrementados en un 25% desde la fecha en que se abonó la indeminzación por parte del Consorcio de Compensación de Seguros.

Todo ello con expresa condena de los demandados al pago de las costas procesales causadas en esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes de este procedimiento, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Y encontrándose dicho demandado, Constantin Constantin Jenel, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a ocho de mayo de dos mil doce.- El/la Secretario/a Judicial.

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