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BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR, EN PROPIEDAD, DOS PLAZAS DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL INCLUIDAS EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO E INTEGRADAS EN LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO PARA 2008 Y 2010 APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIONES DEL ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DE FECHAS 22 DE SEPTIEMBRE DE 2008 (DECRETO NÚM. 1419) Y DE 4 DE OCTUBRE DE 2010 (DECRETO NÚM. 1326), RESPECTIVAMENTE
Primera. Se convocan, para su cobertura en propiedad, las plazas de este Excelentísimo Ayuntamiento que figuran en el anexo de las presentes bases generales.
Las plazas pertenecen a la Escala, Subescala y Clase que se indica, y están dotadas de los haberes correspondientes al Subrupo que igualmente se especifica.
Segunda. La realización de las pruebas se regirá por lo previsto en las presentes bases y en el correspondiente Anexo y, en su defecto, se estará a lo establecido en la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/1985 de 2 abril de Bases del Régimen Local, en el R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 30/84, de 2 de agosto, de medida para la Reforma de la Función Pública; por el R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; R.D. 364/95 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, por el R.D.L. 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público y cualquier otra disposición aplicable.
II. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Tercera. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, además de los que específicamente se indiquen en el correspondiente Anexo:
A) Ser español o estar incurso en algunos de los supuestos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 13 de abril.
B) Contar con la edad mínima de dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
C) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones correspondientes.
D) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
E) Estar en posesión o en condiciones de obtener, en la fecha de finalización de presentación de solicitudes, el título exigido para el ingreso en el Subgrupo en que esté encuadrada la plaza de conformidad con lo establecido en la Ley.
Cuarta. Los requisitos establecidos en las bases anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.
III. SOLICITUDES
Quinta. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas, deberán hacerlo constar en las instancias que les sean facilitadas y presentarlas en el Registro General del Ayuntamiento, dirigidas al señor Alcalde, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de estas convocatorias en el «Boletín Oficial del Estado».
A las instancias, que también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberán adjuntarse los correspondientes justificantes de haber abonado los derechos de examen.
IV. ADMISIÓN DE CANDIDATOS
Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen, se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia» de Sevilla la Resolución de la Alcaldía aprobando las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en la que se harán constar los nombres y apellidos de los candidatos, y, en su caso, la causa de la no admisión. Una vez cumplido dicho trámite, la Resolución que, en su caso, se dicte para resolver los errores detectados, de oficio o a instancia de parte, se publicará en el tablón de anuncios y en la página web municipal www.carmona.org.
Séptima. La resolución anterior establecerá un plazo de diez días para subsanación de errores.
V. TRIBUNALES
Octava. Los Tribunales Calificadores de las pruebas quedarán formados como sigue:
Presidente: Un Empleado Público con igual o superior titulación a la exigida en relación al puesto a cubrir, designado por el Alcalde.
Vocales: Tres Empleados Públicos con igual o superior titulación a la exigida en relación al puesto a cubrir, designados por el Alcalde.
Un Empleado Público con igual o superior titulación a la exigida en relación al puesto a cubrir designado por la Junta de Andalucía.
Del mismo modo se designará un suplente para cada miembro del Tribunal Calificador.
Asimismo, se nombrará un Secretario y su suplente, que será el de la Corporación o Empleado Público en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.
Deberá entenderse por Empleado Público aquel que se ajuste a las condiciones establecidas por el art. 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la indicada Ley y adoptará sus decisiones por mayoría de votos presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente. Si por cualquier circunstancia no concurren a alguna de las sesiones el Presidente y el Secretario, se suplirán por los Vocales de mayor y menor edad, respectivamente.
Los Tribunales quedan facultados para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, así como para incorporar especialistas en pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos. Tales especialistas actuarán con voz pero sin voto.
VI. DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS
Novena. El calendario del inicio de las pruebas, y la hora y lugar de su realización, se publicarán en el «Boletín Oficial» de la Provincia de Sevilla. Igualmente se publicará en dicho diario oficial la relación de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal Calificador. El plazo máximo de duración del proceso de celebración de los ejercicios será de tres meses, no pudiendo comenzar las pruebas hasta transcurrido un mes desde la fecha en la que aparezca publicado el último de los anuncios de la convocatoria.
En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.
En la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el primer opositor cuyo primer apellido, según lista de admitidos ordenada alfabéticamente, comience con la letra «O», de acuerdo con la Resolución de 29 de febrero de 2012, de la Secretaría General del Estado de la Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la administración del Estado.
Si no existiere ningún aspirante cuyo primer apellido comenzará por la letra indicada, actuará en primer lugar aquel opositor cuyo primer apellido comience por las letras del alfabeto inmediatamente siguientes.
VII. PROCESO SELECTIVO. SISTEMA DE CALIFICACIÓN
Décima. Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, que son obligatorios, serán leídos por los aspirantes si así lo decide el Tribunal Calificador. Cada prueba (teórica y práctica) en que se divide cada ejercicio será calificada hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada una de las pruebas.
El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada una de las pruebas será de 0 a 10, obteniéndose la calificación de cada ejercicio por la media de puntos concedidos por cada miembro del Tribunal, pudiéndose eliminar, si se considera oportuno, las puntuaciones mayor y menor, al objeto de garantizar la equidad en la nota concedida a los aspirantes.
Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de anuncios de la Corporación y en la página web municipal «www.carmona.org».
La puntuación definitiva de los aspirantes y el orden de calificación estarán determinados por la suma de las calificaciones de los ejercicios.
VIII. PUNTUACION Y PROPUESTA DE SELECCIÓN
Undécima. Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación, así como en la página web de la misma, la relación de los aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de seleccionados no podrá rebasar el número de plazas convocadas.
Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia a los aspirantes seleccionados, a la Presidencia de la Corporación, quien, a su vez, formulará la correspondiente propuesta de nombramiento a la Junta de Gobierno Local de la misma.
IX. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO
Duodécima. Los aspirantes propuestos deberán aportar, dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos exigidos en las bases tercera y cuarta de la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentarán la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus instancias. Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración Pública de quien dependan, acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Cumplidos los trámites, el Presidente de la Corporación elevará propuesta de nombramiento a la Junta de Gobierno Local, a favor de los aspirantes que hubieran obtenido plaza, los cuales deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente a aquél en que le sea notificado.
Decimotercera. Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que las hubiese aprobado en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente de los de Sevilla, en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir del día siguiente al de la última publicación en el Boletín correspondiente. También podrán utilizarse, del mismo modo otros recursos que se estimen pertinente.
ANEXO
Denominación de las plazas: Técnico de Administración General.
Núm. de plazas: Dos.
Escala: Administración General.
Subescala: Técnica.
Subgrupo: A.1
Nivel complemento de destino: 26.
Titulación exigida: Licenciado en Derecho, en Ciencias Políticas, Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario.
Sistema de selección: Oposición libre.
Derechos de examen: 24 € (en aquellos casos en los que el sujeto pasivo sea una persona que figura como demandante de empleo en la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el BOE o en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y que no esté percibiendo la prestación por desempleo, se aplicará una reducción, sobre las tarifa anterior del 50%.
Para aplicar la mencionada reducción, el sujeto pasivo deberá acreditar las circunstancias descritas en el apartado anterior, mediante la presentación de certificación en la que conste como demandante de empleo, así como certificado acreditativo de no estar percibiendo prestación alguna por desempleo, emitido por el Instituto Nacional de Empleo, el Servicio Regional de Empleo o el organismo competente. No se admitirá el certificado de mejora de empleo.)
Ejercicios: Se desarrollarán dos ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio. El primer ejercicio versará sobre los temas incluidos en el grupo de materias comunes y el segundo de ellos versará sobre los incluidos en el grupo de Materias Específicas. A su vez, cada uno de estos ejercicios constará de dos pruebas, las cuales se ejecutarán en el mismo día:
A) Prueba teórica: Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, dos temas elegidos libremente por el aspirante de entre tres que se extraigan al azar inmediatamente antes del comienzo de la prueba (uno por cada bloque en que se estructura cada grupo de materias).
B) Prueba práctica: Consistirá en la elaboración de un informe jurídico con propuesta de resolución sobre un supuesto planteado en relación con los temas del grupo de materias correspondiente, el cual será fijado por el Tribunal Calificador inmediatamente antes de su realización determinándose, asimismo, el tiempo máximo disponible para su ejecución.
En el desarrollo de esta prueba práctica los aspirantes podrán en todo momento hacer uso de los textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consulta de que acudan provistos.
En el ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable.
PROGRAMA
MATERIAS COMUNES
BLOQUE I
1. El sistema constitucional. La Constitución Española de 1978: Proceso constituyente. Estructura. Características generales. Principios que informan la Constitución de 1978. Título preliminar de la Constitución. La reforma constitucional.
2. Los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución. Garantías y tutela de los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución. Suspensión.
3. El defensor del pueblo en la Constitución. Su Ley orgánica. Relaciones de éste con la administración. El Tribunal de Cuentas.
4. Las Cortes Generales: Composición. Atribuciones. Funcionamiento. Organización. La elaboración de las Leyes.
5. El Gobierno. Composición y funciones. Designación, remoción y responsabilidad del Gobierno y de su Presidente. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
6. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Organización. Competencias. La regulación constitucional de la justicia.
7. El Tribunal Constitucional. Elección. Composición. Organización. Competencias. Procedimientos de los recursos ante el Tribunal Constitucional. La jurisprudencia constitucional. Los conflictos constitucionales.
8. La Administración del Estado: órganos superiores y órganos directivos. Órganos periféricos. El Delegado del Gobierno.
9. La Administración Institucional. Clases de entes institucionales. Los Organismos Autónomos. Concepto. Regulación legal. Creación. Clases. Control. Entidades Públicas Empresariales. Las Corporaciones Públicas. Colegios y Cámaras.
10. La organización territorial del Estado en la Constitución. La Administración Local. El principio de Autonomía Local y su garantía institucional. Su contenido en la Constitución y en el ordenamiento básico estatal.
11. La organización territorial del Estado en la Constitución (II): Las Comunidades Autónomas, vías de acceso a la autonomía. Los estatutos de autonomía. Régimen de competencias. Relación entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
12. Las relaciones entre Administraciones Públicas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas: mecanismos de cooperación y coordinación. El control sobre la actividad de las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre las Comunidades Autónomas y la Administración Local.
13. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
14. Los órganos consultivos de la Administración española. Clases de órganos consultivos. El Consejo de Estado: Antecedentes. Regulación actual. Composición. Organización. Atribuciones. El Consejo Económico y Social.
15. El Consejo de Europa: Instituciones y organización. El Congreso de Poderes Locales y Regionales de Europa. La cooperación y el asociacionismo internacional de las Entidades Locales. La Carta Europea de la Autonomía Local. Contenido. Posición y significación en el ordenamiento jurídico español.
16. La Unión Europea: origen y evolución. Instituciones comunitarias, organización y competencias. El Comité de las Regiones. La Unión Económica y Monetaria.
17. El Derecho Comunitario. Tipología de fuentes. La recepción del Derecho Comunitario en España: participación de las Comunidades Autónomas en la formación y aplicación del Derecho Comunitario europeo.
18. Las libertades básicas del sistema comunitario: libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales. Las políticas públicas de la Unión Europea en sus diferentes ámbitos de actuación. Especial consideración de sus políticas locales y urbanas.
BLOQUE II
19. La Administración Pública. Funciones y poderes del Estado. Administración y Gobierno. La Administración y el Derecho. El principio de legalidad. Las fuentes del Derecho público. Concepto. Enumeración. Jerarquía. Los principios de buena regulación aplicables a las iniciativas normativas de las Administraciones Públicas.
20. La Ley como fuente del Derecho Administrativo. Clases. Disposiciones del Gobierno con Fuerza de Ley: Decretos-Leyes y otras medidas excepcionales. Legislación delegada. La reserva de Ley.
21. El Reglamento. Concepto. Clases. Procedimiento de elaboración. Límites de la potestad reglamentaria. Defensa contra los reglamentos ilegales. Instrucciones. Circulares.
22. La costumbre. La práctica administrativa. Los principios generales del Derecho. Los Tratados Internacionales: su valor en el Derecho Interno. Jurisprudencia y Doctrina.
23. La relación jurídico-administrativa. Nacimiento. Modificación. Extinción. Contenido de la relación. La potestad administrativa. Potestades regladas. Potestades discrecionales. Discrecionalidad y conceptos jurídicos indeterminados. Límites y fiscalización de la discrecionalidad. Derecho subjetivo. Interés legítimo.
24. El ciudadano y la Administración. La capacidad del ciudadano frente a la Administración. Sus causas modificativas. Derechos del ciudadano frente a la Administración.
25. Los actos administrativos: concepto. Elementos. Clases. Requisitos. Notificación. Publicación.
26. La eficacia de los actos administrativos. Ejecutoriedad. Efectos. La ejecución forzosa de los actos administrativos. Principios generales. Medios de ejecución forzosa.
27. Invalidez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad. La revisión de oficio. Conversión, conservación y convalidación. Corrección de errores materiales y de hecho.
28. El Procedimiento Administrativo: concepto. Interesados. Iniciación. Subsanación y mejora de la solicitud. Medidas provisionales. Ordenación. Términos y plazos.
29. Procedimiento Administrativo (continuación): Instrucción. Alegaciones. La prueba en el Procedimiento Administrativo. Informes. Participación de los interesados. Finalización. Terminación convencional. Resolución. Desistimiento y renuncia. Caducidad. Procedimientos especiales.
30. La obligación de la Administración de resolver. El silencio administrativo. Efectos.
31. Los recursos administrativos: Concepto. Principios generales. Interposición del recurso. Suspensión de la ejecución. Audiencia de los interesados. Resolución. Clases: Recurso de Alzada. Recurso de Reposición. Recurso de Revisión.
32. El recurso económico-administrativo. La materia económico-administrativa. Actos impugnables ante los Tribunales económico-administrativos. El recurso de reposición previa a la vía económico-administrativa. Tramitación de las reclamaciones. Especial referencia al ámbito local.
33. La jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza. Extensión. Límites. Sistemas de organización. Órganos jurisdiccionales y sus competencias.
34. El recurso contencioso-administrativo: las partes; Procedimiento en Primera o única instancia; Procedimiento abreviado; Sentencias; Ejecución de sentencias. Procedimientos especiales.
35. La legislación reguladora de los contratos de las Administraciones Públicas. La figura del contrato administrativo. Contratos administrativos y privados de la Administración en el ordenamiento vigente. Requisitos. Órganos de contratación. El contratista: capacidad, solvencia, prohibiciones, clasificación.
36. La selección del contratista. Actuaciones previas a la contratación. Procedimientos, formas y criterios de adjudicación. Garantías. Perfeccionamiento y formalización del contrato.
37. Ejecución y modificación de los contratos administrativos. Las prerrogativas de la Administración. El equilibrio financiero de los contratos. La revisión de precios.
38. La extinción de los contratos: cumplimiento y resolución. Causas, modalidades y efectos de la resolución de los contratos. La cesión de los contratos y la subcontratación.
39. Tipos de contratos administrativos. Peculiaridades esenciales.
40. La potestad sancionadora. Principios de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador.
41. La responsabilidad de las Administraciones Públicas. Planteamiento. Evolución. Fundamento. Principios de la responsabilidad. La acción de responsabilidad. Procedimientos de responsabilidad patrimonial.
42. La expropiación forzosa: La potestad expropiatoria. Sujetos Objeto. La «causa expropiandi». Contenido. El procedimiento expropiatorio. La declaración de necesidad de la ocupación. La garantía patrimonial en la expropiación. Las expropiaciones especiales.
43. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
BLOQUE III
44. Imposición y ordenación de los tributos locales. Las Ordenanzas fiscales. Contenido y procedimiento de elaboración. Reclamaciones en materia tributaria. Especial referencia al Recurso de Reposición Tributario Local.
45. Ingresos locales no impositivos. Ingresos de derecho privado. Subvenciones y otros ingresos de derecho público. Las tarifas de los servicios públicos.
46. Tasas y contribuciones especiales. Precios públicos. Régimen jurídico.
47. Imposición municipal (I): el Impuesto sobre Bienes inmuebles y el Impuesto sobre Actividades Económicas.
48. Imposición municipal (II): El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
49. Presupuesto de las Entidades Locales. Principios. Integración y documentos de que constan. Proceso de aprobación del presupuesto local. Ejecución y liquidación del presupuesto.
50. Régimen Local Español. Principios constitucionales. Autonomía municipal y tutela. La Administración Local. Concepto y evolución en España. Entidades que comprende. La legislación de Régimen local.
51. El municipio. concepto doctrinal y legal. Organización y competencias del régimen común. Creación, modificación y extinción. Nombre y capitalidad. Población municipal. Concepto. Padrón municipal.
52. Régimen de funcionamiento de los órganos básicos y complementarios. Elección de Alcaldes y Concejales. Moción de censura y cuestión de confianza.
53. La Comarca. Las Mancomunidades municipales. Las Áreas Metropolitanas. Las Entidades de ámbito territorial inferior al municipal. Organización y competencias.
54. Régimen de la impugnación y suspensión de los actos y acuerdos locales en caso de conflicto con la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas. La impugnación por las Corporaciones Locales de las disposiciones y actos de otras Administraciones Públicas que lesionen su autonomía.
55. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales. Órganos titulares. Las Ordenanzas y Reglamentos. Distinción. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. Los Bandos. La publicación de las normas locales. Límites a la potestad reglamentaria local. Impugnación ante los Tribunales.
56. Los bienes de las Entidades locales. Clases. El dominio público local. Bienes que lo integran. El Régimen jurídico del dominio público. Las mutaciones demaniales. Uso y utilización del dominio público. Estudio especial de la concesión y la reserva demanial.
57. Los bienes patrimoniales de las Entidades Locales. Los montes vecinales en mano común. Los bienes de las Entidades territoriales de ámbito inferior al municipal.
58. Las formas de la actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa local en la actividad privada. Estudio especial del régimen de las licencias y las declaraciones responsables de actividades.
59. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión. Estudio especial de la gestión directa.
60. La gestión indirecta. Concesión. Gestión interesada. Concierto. Sociedad de Economía Mixta. El Consorcio.
61. La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. El Personal al servicio de las Entidades Locales: concepto y clases.
62. El personal al servicio de las Entidades locales (I): Selección. Provisión de puestos de trabajo. La carrera administrativa. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas.
63. El personal al servicio de las Entidades locales (II): Derechos de los Funcionarios Públicos Locales. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.
64. El personal al servicio de las Entidades locales (III): Deberes de los Funcionarios Públicos. Responsabilidad y régimen disciplinario.
MATERIAS ESPECÍFICAS
BLOQUE I
65. El Derecho Urbanístico en España. Análisis histórico de la evolución de la legislación estatal y andaluza.
66. El Texto Refundido de la Ley de Suelo de 20 de junio de 2008. Disposiciones generales. Condiciones básicas de la igualdad en los derechos y deberes constitucionales de los ciudadanos. Bases del régimen del suelo.
67. Formación de fincas y parcelas y relación entre ellas. El complejo inmobiliario: concepto y régimen. Transmisión de fincas y deberes urbanísticos. Declaración de obra nueva. Régimen de inscripción en el Registro de la Propiedad de actos urbanísticos.
68. Los instrumentos de la ordenación urbanística en Andalucía. Análisis del objeto cada uno de ellos.
69. El sistema de planeamiento urbanístico vigente en el término municipal de Carmona. Contenido básico del documento de adaptación parcial de las Normas Subsidiarias Municipales a la Ley 7/2.002 y del Plan Especial de Protección del Patrimonio Histórico de Carmona.
70. Elaboración y tramitación de los instrumentos de planeamiento urbanístico. Efectos de su aprobación, vigencia e innovación. Los convenios urbanísticos de planeamiento. La situación legal de fuera de ordenación.
71. Normativa sectorial de especial incidencia sobre el urbanismo (I). La ordenación del territorio. Las obras públicas de interés general. El patrimonio histórico-artístico.
72. Normativa sectorial de especial incidencia sobre el urbanismo (II). Vías pecuarias. Carreteras. Aguas. Ferrocarriles. Aeropuertos. Sector eléctrico.
73. La clasificación y categorización del suelo. Régimen de las distintas clases del suelo.
74. Las Actuaciones de Interés Público en suelo no urbanizable: concepto, régimen jurídico y procedimiento de tramitación de los Proyectos de Actuación.
75. El Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Clasificación e identificación de las edificaciones aisladas en suelo no urbanizable. Su régimen urbanístico. Procedimiento para el reconocimiento de la situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación.
76. Las áreas de reparto y el aprovechamiento. Supuestos y régimen de sustitución económica del aprovechamiento urbanístico correspondiente a la Administración. Régimen de las parcelaciones urbanísticas.
77. Los Patrimonios públicos de suelo. El derecho de superficie. Derechos de tanto y retracto.
78. La ejecución del planeamiento (I). Las formas de gestión de la actividad administrativa de ejecución. Los convenios urbanísticos de gestión. Presupuestos de la actividad de ejecución. Los proyectos de urbanización. La reparcelación.
79. La ejecución del planeamiento (II). La actuación por unidades de ejecución. Características y requisitos. Delimitación. Elección y establecimiento de los sistemas de actuación. Sustitución del sistema de compensación. Entidades urbanístias colaboradoras. Bienes de dominio público. Gastos de urbanización.
80. La ejecución del planeamiento (III). El sistema de actuación de compensación. El sistema de actuación de cooperación.
81. La ejecución del planeamiento (IV). La ejecución de las dotaciones. Las actuaciones urbanísticas no integradas. Las áreas de gestión integrada.
82. La expropiación forzosa por razón de urbanismo. Supuestos. Procedimientos a seguir. Ocupación e inscripción en el Registro de la Propiedad. Supuestos de reversión y retasación. Supuestos indemnizatorios.
BLOQUE II
83. La ejecución de las obras de edificaciones. Edificación de parcelas y solares. Presupuestos de la edificación. Ejecución mediante sustitución por incumplimiento del deber de edificación. El concurso para la sustitución del propietario incumplidor.
84. El deber de conservación y rehabilitación. Las órdenes de ejecución de obras de conservación y mejora. La inspección periódica de construcciones y edificaciones. Situación legal de ruina urbanística. La ruina física inminente.
85. Las licencias urbanísticas (I). Concepto, naturaleza jurídica y caracteres. Objeto y alcance. Tipología y actos sujetos. Su concurrencia con otros actos administrativos, en especial con otros medios de intervención en la actuación de los ciudadanos, en especial con la licencia de apertura y la declaración responsable de actividades.
86. Las licencias urbanísticas (II). Licencias por fases y parciales. Actos promovidos por Administraciones Públicas. El procedimiento de otorgamiento de la licencia urbanística. La consulta y la cédula urbanística. Competencia y procedimiento para su otorgamiento. Especial referencia al silencio administrativo.
87. Las licencias urbanísticas (III). La eficacia temporal y la caducidad de las licencias urbanísticas. Las licencias disconformes con la nueva ordenación urbanística. Transmisión. Modificaciones durante la ejecución de las obras. Contratación de los servicios por las empresas suministradoras. La formalización e inscripción de los actos de edificación. Información y publicidad en obras.
88. La inspección urbanística: naturaleza, funciones, visitas y actas de inspección. La protección de la legalidad urbanística. Los actos en curso de ejecución sin licencia o contraviniendo sus condiciones. El restablecimiento del orden jurídico perturbado y reposición de la realidad física alterada. Las licencias u órdenes de ejecución incompatibles con la ordenación urbanística. La relación entre las actuaciones de protección de la legalidad y el procedimiento sancionador. La acción pública.
89. Las infracciones urbanísticas (I). El Derecho sancionador urbanístico y el principio de tipicidad. Las infracciones urbanísticas y sus consecuencias. Las personas responsables. La competencia y el procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora. Reglas para la exigencia de responsabilidad sancionadora y la aplicación de sanciones.
90. Las infracciones urbanísticas (II). Clases de infracciones y sanciones. Medidas sancionadoras accesorias. La prescripción de infracciones y sanciones. Tipos específicos de las infracciones urbanísticas. Concurrencia con actuaciones delictivas.
91. De los delitos relativos a la ordenación del territorio y la protección del patrimonio histórico y del medio ambiente.
BLOQUE III
92. La licencia de apertura: concepto, naturaleza jurídica y caracteres. Incidencia sobre esta licencia de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre, de, Parlamento Europeo y del Consejo, de servicios del mercado interior, de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
93. La Ordenanza Municipal sobre intervención de actividades del Ayuntamiento de Carmona.
94. Espectáculos públicos y actividades recreativas. Normativa aplicable. Régimen jurídico y procedimiento de autorización. Especial incidencia en los espectáculos y actividades de carácter ocasional. Régimen sancionador.
95. La Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Los instrumentos de prevención y control ambiental. Especial énfasis en la calificación ambiental: ámbito, finalidad, competencia y procedimiento. La disciplina ambiental.
96. La contaminación atmosférica. Normativa aplicable. Régimen jurídico de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera. Régimen de las autorizaciones y procedimiento.
97. La contaminación acústica. Normativa aplicable. La zonificación acústica, los mapas de ruido, las zonas de servidumbre acústica, planes de acción, estudios acústicos. Las zonas acústicamente saturadas. Control y disciplina acústica.
98. Residuos. Normativa aplicable. Competencias municipales sobre la materia. Régimen sancionador.
99. Igualdad de Género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. Referencia a la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía.
Carmona, 4 de febrero de 2013.- El Alcalde, Juan Manuel Ávila Gutiérrez.
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