Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 19/02/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Deporte

Orden de 10 de enero de 2013, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de tres obras por la persona que se cita.

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Don Juan Ignacio Tovar Tovar ha manifestado su voluntad de donar a la Comunidad Autónoma de Andalucía dos obras de las que es autor y propietario, y que se relacionan en el Anexo, para su adscripción al Centro Andaluz de Arte Contemporáneo. Asimismo, Don Joaquín de los Reyes Tejada y Don Tomás Torres Macías han ofrecido en donación una obra del mencionado autor de la que ambos son propietarios, y que también se relaciona en el Anexo. Estas tres obras se sumarían a las otras ocho que desde hace años forman parte de la colección de esta institución.

Ignacio Tovar pertenece a la generación que a partir de la década de los 70 consiguió romper con la tradición arraigada en la ciudad de Sevilla y ayudó a introducir la modernidad y vanguardia en los círculos artísticos sevillanos. Por tanto, los bienes que se donan a la Comunidad Autónoma de Andalucía para su destino en el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo resultan de gran interés para la colección estable de este Museo.

La Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo informa sobre el interés de los bienes ofrecidos en donación y propone su aceptación, siendo, asimismo, informada favorablemente la idoneidad de los mencionados bienes para el Museo por la Comisión Técnica en su sesión del 5 de octubre de 2012.

La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en su art. 87.1 faculta a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz. Dicha aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el art. 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Los efectos del artículo 87.1 deben considerarse extendidos a todos los bienes integrantes del Patrimonio Histórico de nuestra Comunidad Autónoma, y no exclusivamente a los declarados de interés cultural, o inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

El artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la persona titular de la Consejería de Cultura y Deporte la competencia para aceptar esta donación.

Por lo expuesto, y a propuesta del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo,

RESUELVO

Primero. Aceptar la donación de los bienes muebles que se relacionan en el Anexo, dispuesta por don Juan Ignacio Tovar Tovar, don Joaquín de los Reyes Tejada y don Tomás Torres Macías a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Adscribir los citados bienes al Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, que pasarán a formar parte de los fondos artísticos que comprenden su colección estable. Su director levantará acta de recepción definitiva por donación, en la que se mencionará la presente Orden de aceptación.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de enero de 2013

LUCIANO ALONSO ALONSO
Consejero de Cultura y Deporte

Anexo

Título Fecha Técnica Medidas
Sin título (Serie L) 1979 Acrílico sobre madera 203 x 145 x 3,5 cm
Sin título 2000 Carbón y sanguina sobre papel 210 x 400 cm
Sin título 1988 Óleo sobre tela 162 x 130 cm
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