Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 08/03/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 25 de febrero de 2013, conjunta de la Intervención General de la Junta de Andalucía, de la Dirección General de Patrimonio y de la Dirección General de Política Digital, por la que se extiende el uso del Sistema Informático ERIS-G3 a las Consejerías y entidad que se indican.

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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 51 del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados, la Orden de la Consejera de Hacienda y Administración Pública de 12 de julio de 2011 aprueba el Sistema Informático ERIS-G3. De acuerdo con el artículo 3.1 de la citada Orden, la implantación efectiva del sistema será gradual y progresiva en función de criterios técnicos y organizativos que optimicen la efectividad de la misma. El apartado 2 del mismo artículo dispone que, por resolución conjunta de la Dirección General de Patrimonio, de la Intervención General de la Junta de Andalucía y de la Dirección General de Tecnologías para Hacienda y la Administración Electrónica (actual Dirección General de Política Digital, tras la entrada en vigor del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública), se establecerán las Consejerías y entidades a las que se extienda el uso del Sistema, de acuerdo con el calendario aprobado por dichos centros directivos.

Una vez finalizadas las actuaciones preparatorias y los procesos requeridos para la implantación del Sistema Informático ERIS-G3 en diversas Consejerías de la Junta de Andalucía, procede dictar la presente resolución, determinando la forma y fecha de su implantación efectiva, en los términos establecidos en la Orden de 12 de julio de 2011.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 3.2 de la Orden de la Consejera de Hacienda y Administración Pública de 12 de julio de 2011, la Intervención General de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Patrimonio y la Dirección General de Política Digital

RESUELVEN

Primero. Fecha de implantación del Sistema Informático ERIS-G3 en las Consejerías y Entidad que se indican.

Se establece el 1 de abril de 2013 como fecha de implantación efectiva del Sistema Informático ERIS-G3 en los órganos centrales de las siguientes Consejerías de la Junta de Andalucía y de la entidad que se indica:

- Consejería de Hacienda y Administración Pública.

- Consejería de Educación.

- Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.

Segundo. Procedimiento de implantación.

A la fecha de implantación del Sistema Informático ERIS-G3, las Consejerías enunciadas anteriormente deberán haber llevado a cabo tanto las labores de administración delegada como las de revisión y adecuación de los requisitos microinformáticos asociados, de forma que se garantice la entrada en funcionamiento del citado Sistema Informático. En este sentido, toda la información relacionada con el Sistema Informático ERIS-G3 (manuales de usuario, requisitos técnicos, atención a usuarios y preguntas frecuentes) se encuentra accesible en la Extranet de la Consejería de Hacienda y Administración Pública a través de la siguiente dirección http://extranet.chap.junta-andalucia.es.

Una vez implantado el Sistema Informático ERIS-G3, se activará el plan de seguimiento para cada Consejería y entidad instrumental, que corresponda, por parte de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, para asegurar el éxito de la consolidación del mismo.

Tercero. Obligatoriedad del Sistema.

1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de la Orden de 12 de julio de 2011, a partir de la fecha de implantación efectiva del Sistema Informático ERIS-G3, su utilización será obligatoria para los órganos de contratación de las Consejerías y Entidad instrumental establecidas en el apartado primero de la presente Resolución, sin que puedan fiscalizarse los expedientes que no se tramiten a través del citado Sistema.

2. No obstante lo establecido en el apartado anterior, cuando concurran circunstancias excepcionales debidamente acreditadas, la Intervención General de la Junta de Andalucía, previo informe favorable de las Direcciones Generales de Patrimonio y de Política Digital, podrá autorizar la fiscalización de expedientes tramitados en todo o en parte sin utilizar el Sistema Informático ERIS-3.

Cuarto. Régimen transitorio de los expedientes de contratación.

Los expedientes de contratación iniciados antes de la fecha de implantación efectiva del Sistema Informático ERIS-G3 se seguirán tramitando fuera del mismo. A estos efectos se entenderá que los expedientes de contratación han sido iniciados cuando se hayan dado de alta y, por tanto, tengan asociado un número de expediente en el sistema integrado de gestión presupuestaria, contable y financiera de la Administración de la Junta de Andalucía (Sistema JÚPITER).

Quinto. Comunicación.

La presente Resolución se comunicará a las Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías y a la Secretaría General del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, que se relacionan en el apartado primero, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de febrero de 2013.- El Interventor General de la Junta de Andalucía, Adolfo José García Fernández; el Director General de Patrimonio, Juan Jesús Jiménez Martín; el Director General de Política Digital, José Antonio Cobeña Fernández.

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