Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 12/03/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 22 de enero de 2013, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan tarifas de autotaxis en el municipio de Marbella. (PP. 235/2013).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.4 del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

RESUELVO

Autorizar las Tarifas de Autotaxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas:


TARIFAS MARBELLA 2013
IVA INCLUIDO

TARIFA 3
URBANA/DIURNA

TARIFA 4
URBANA/NOCTURNA
DOMINGOS/FESTIVOS

TARIFA 5
24/31 DICIEMBRE
Bajada de bandera 3,13€ 3,91€ 4,88€
Km 0,95€ 1,18€ 1,47€
Hora de espera 19,31€ 24,13€ 30,16€
Servicio mínimo 4,59€ 5,73€ 7,16€
Salto 0,05€ 0,05€ 0,05€
SUPLEMENTOS MANUALES
Bolsas supermercado 0,10€ 0,10€ 0,10€
Pulsaciones máximas 10 10 10
Maletas, bolsas golf 0,50€ 0,50€ 0,50€
Pulsaciones máximas 4 4 4

Horarios:

Tarifa 3: Laborables diurnos de 6,00 a 22,00 horas.

Tarifa 4: Laborables nocturnos de 22,00 a 6,00 horas.

Sábados, domingos y festivos de 00,00 a 24,00 horas.

Tarifa 5: Días 24 y 31 de diciembre, de las 22,00 horas del día 24 a las 6,00 horas del día 25 y de las 22,00 horas del día 31 a las 6,00 horas del día 1 de enero.

Esta Resolución surtirá efectos desde el día 22 de enero de 2013, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad de la misma.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el art. 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de enero de 2013.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

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