Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 13/03/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de diciembre de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario 1904/2010. (PP. 420/2013).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00021854.

NIG: 2906742C20100038182.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1904/2010. Negociado: 04

EDICTO

En el juicio referenciado se ha dictado sentencia cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA núm. 17/2012

En Málaga a 23 de enero de 2012.

Vistos y examinados los presentes autos núm. 1904/2010, de juicio ordinario, por la Ilma. Sra. doña Ana María Pérez Blanco, Magistrado-Juez del Juzgado de 1.ª Instancia núm. Tres de Málaga y su partido; seguidos a instancia de doña Miriami Saloua, representada por el Procurador/a Sr./a. Morente Cebrián, y asistida por el/la Letrado/a Sr./a. Cámara Gamero; contra don Juan Zúñiga Santana y doña Dolores Trujillo, en situación procesal de rebeldía;

FALLO

Que estimando la demanda presentada en representación de doña Mariami Saloua frente a don Juan Zúñiga Santana y doña Dolores Hidalgo Trujillo, les condeno a efectuar cuantas reparaciones sean necesarias para solventar el origen de los daños conforme al informe pericial aportado con la demanda y a pagar la cantidad de 944 euros, más intereses y al pago de las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra ella cabe recurso de apelación del que conocerá la Audiencia Provincial de Málaga y que deberá ser interpuesto en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles desde la notificación de la presente resolución. Para la interposición de dicho recurso será necesario consignar previamente la cantidad de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, correspondiente al presente procedimiento, conforme lo establecido en la disposición adicional decimoquinta introducida en la LOPJ en virtud de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, quedando excluidos de la constitución de este depósito los litigantes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Debe hacerse constar en el campo «concepto» del documento resguardo de ingreso que se trata de un recurso con indicación del tipo de recurso, seguido del código 02.

Por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe en el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de los herederos legítimos de don Juan Zúñiga Santana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por Diligencia de Ordenación del día de la fecha se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia a los herederos legítimos de don Juan Zúñiga Santana.

En Málaga, a diecinueve de diciembre de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF