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Visto el expediente promovido a instancia de don Manuel Ruiz García, como representante de «Chiquiocio, S.L.», entidad titular del centro de educación infantil «Chiqui Tín», solicitando nueva denominación específica para el mismo.
Resultando que el mencionado centro tiene autorización administrativa para 6 unidades de educación infantil de primer ciclo con 84 puestos escolares, por Orden de 25 de agosto de 2005 (BOJA de 29 de septiembre).
Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Autorizar el cambio de denominación específica del centro de educación infantil «Chiqui Tín», que pasa a denominarse «Luna Lunera», con código 14002881 y domicilio en C/ Manolete, 2, de Montilla (Córdoba), quedando con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el «resultando» anterior.
Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 14 de enero de 2013
María del Mar Moreno Ruiz | |
Consejera de Educación |