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Advertido error en el texto de la Resolución de 7 de diciembre de 2011 de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan para 2012 las ayudas previstas en las Órdenes que se citan, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, publicada en el BOJA núm. 252, de 28 de diciembre de 2011, se procede a su subsanación mediante la siguiente corrección:
- En la página 8, punto quinto, apartado b), donde dice:
«b) Para las ayudas previstas en la Orden de 26 de junio de 2009, por la que se regula la concesión de las subvenciones destinadas al fomento de la celebración de certámenes agroganaderos de Andalucía:
- Aplicaciones presupuestarias 0.1.16.00.11.00.782.02.71F y 0.1.16.00.11.00.782.02.71F.
- Cuantía total máxima de 700.000 euros.»
Debe decir:
«b) Para las ayudas previstas en la Orden de 26 de junio de 2009, por la que se regula la concesión de las subvenciones destinadas al fomento de la celebración de certámenes agroganaderos de Andalucía:
- Aplicaciones presupuestarias 0.1.16.00.11.00.782.02.71F y 0.1.16.00.11.00.782.02.71F.
- Cuantía total máxima de 700.000 euros, pudiéndose incrementar dicha cuantía, según las disponibilidades presupuestarias.»
- En la página 8, punto quinto, apartado d), donde dice:
«d) Para las ayudas previstas en la Orden de 23 de julio de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los titulares de explotaciones agrarias en Andalucía por la utilización de los servicios de asesoramiento:
- Aplicación presupuestaria 0.1.17.00.11.00.77201.71F.
- Cuantía total máxima de 2.019.000 euros.»
Debe decir:
«d) Para las ayudas previstas en la Orden de 23 de julio de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los titulares de explotaciones agrarias en Andalucía por la utilización de los servicios de asesoramiento:
- Aplicación presupuestaria 0.1.16.00.11.00.77201.71F
- Cuantía total máxima de 2.019.000 euros, pudiéndose incrementar dicha cuantía, según las disponibilidades presupuestarias.»
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