Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 11/06/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de abril de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Cádiz, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 274/2005. (PP. 1452/2014).

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NIG: 1101242C20050000981.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 274/2005. Negociado: I.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Cádiz.

Juicio: Procedimiento Ordinario 274/2005.

Parte demandante: Amaranta Pascual Prada y Juan Miguel Pascual Ortega.

Parte demandada: Monrio y Castro, S.L.

Sobre: Procedimiento Ordinario.

En el juieio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Cádiz.

Autos: Juicio Ordinario núm. 274/05.

SENTENCIA

En Cádiz, a veintitrés de abril de dos mil catorce.

Vistos por el Ilmo. Sr. don Pablo Sánchez Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad los presentes autos de juicio declarativo ordinario núm. 274/05 instados por el Procurador don José Eduardo Sánchez Romero en nombre y representación de doña Amaranta Pascual Prada y de don Juan Miguel Pascual Ortega, asistidos por la Letrada doña María Cielo Almagro Beltrán, contra don Francisco Javier Montero Roncero, representado por la Procuradora doña María Fernández Roche y asistido por el Letrado don Isidro Hernández Barea, y contra La Estrella, S.A., de Seguros y Reaseguros (hoy Generali, S.A., de Seguros), representada por la Procuradora doña María Isabel Gómez Coronil y asistida por el Letrado don Rafael Guerrero Pinedo, siendo parte Grau Desarrollos Constructivos Inmobiliarios, S.L., representada por el Procurador don Fernando Benítez López y asistida por el Letrado don Miguel Ángel de la Mata Amaya, don Juan Miguel Estudillo Sánchez y don Carlos Garrido Pinto representados por la Procuradora doña María del Carmen Sánchez Ferrer y asistidos por el Letrado don Pedro Fernández Enríquez; y Monrio y Castro, S.L., y Cimentaciones y Tratamientos S.A., representada por la Procuradora doña Mercedes Domínguez Flores ...

... Fallo: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador don José Eduardo Sánchez Romero en nombre y representación de doña Amaranta Pascual Prada y de don Juan Miguel Pascual Ortega, debo absolver y absuelvo a don Francisco Javier Montero Roncero, La Estrella, S.A., de Seguros y Reaseguros y Grau Desarrollos Constructivos Inmobiliarios, S.L., de las pretensiones deducidas de contrario; y estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora doña María Fernández Roche en nombre representación de don Francisco Javier Montero Roncero debo condenar y condeno a don Juan Miguel Estudiilo Sánchez, don Carlos Garrido Pinto y Cimentaciones y Tratamientos, S.A., a abonar al actor, con carácter solidario, la cantidad de treinta y cinco mil novecientos nueve euros con once céntimos (35.909,11 €), más el interés legal de dicha cantidad a devengar desde la fecha de interposición de la demanda y así mismo, en el supuesto de que fuese necesario desalojar la vivienda durante el tiempo de realización de las obras, deberá indemnizarse al actor en la cantidad de mil euros (1.000 ) mensuales, en concepto de alquiler de una finca similar a la que viene ocupando el actor, y limitado al tiempo indispensable para la realización de dichas obras, unido a la cantidad presupuestada de cinco mil cuatrocientos diecisiete euros con sesenta y cuatro céntimos (5.417,64 ) en concepto de gastos derivados del traslado a la nueva oficina provisional y vuelta su propiedad una vez concluidas las obras; y absolviendo a Monrio y Castro, S.L., doña Amaranta Pascual Prada y de don Juan Miguel Pascual Ortega de las pretensiones deducidas en su contra; todo ello sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que se presentará en este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación y para su resolución por la Audiencia Provincial de Cádiz. Se hace saber a las partes que para la admisión a trámite del recurso que pudieren interponer contra la presente resolución, deberán constituir el depósito en la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado que previene el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre (BOE núm. 266, de 4 de noviembre de 2009), sin cuyo requisito no será admitido a trámite el recurso.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y hallada conforme fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la ha suscrito, estando celebrando audiencia pública y en el día de su fecha. Doy Fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada Monrio y Castro, S.L., por resolución del día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado ia publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

En Cádiz, veintinueve de abril de dos mil catorce.- El/La Secretario/o Judicial.

Diligencia. La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios. Doy fe.

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