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NIG: 2905442C20070001630.
Procedimiento: Liquidación regímenes económico matrimoniales 308/2013. Negociado: PQ.
De: María Paloma Díaz Sierra.
Procuradora: Sra. Juana Martínez Muñoz.
Contra: Julián Lozano Porras.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Liquidación regímenes económico matrimoniales 308/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola a instancia de María Paloma Díaz Sierra contra Julián Lozano Porras, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Fuengirola, a 15 de noviembre de 2013.
Don Miguel Ángel Aguilera Navas, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola y su partido judicial, ha visto los presentes autos de Formación de Inventario de la Sociedad de Gananciales 308/2013, promovidos por el Procurador de los Tribunales Sra. Martínez Muñoz, en nombre y representación de María Paloma Díaz Sierra, asistido por el Letrado Sr/a. Fernández Torres, contra Julián Lozano Porras.
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Martínez Muñoz, en nombre y representación de María Paloma Díaz Sierra y apruebo la formación de inventario de la sociedad de gananciales de los litigantes en los términos expuestos en la demanda (Hecho Segundo y Tercero).
Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la llma. Audiencia Provincial de Málaga; este recurso se interpondrá en este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.
Líbrese testimonio de esta resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.
Notifíquese esta resolución a las partes de este procedimiento.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en Primera Instancia, lo pronuncio, mando y firmo yo, don Miguel Ángel Aguilera Navas, Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Julián Lozano Porras, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a cinco de junio de dos mil catorce.- El/La Secretario.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
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