Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 09/07/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 14 de abril de 2014, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Priego de Córdoba, dimanante de procedimiento ordinario núm. 469/2013. (PP. 1578/2014).

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NIG: 1405541C20131000500.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 469/2013. Negociado: EL.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: De Lage Landen in Ternational BV sucursal en España.

Procurador: Sr. don Rafael Díaz de la Coba.

Contra: Don Antonio Comino Serrano.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 469/2013, seguido a instancia de De Lage Landen International BV sucursal en España frente a don Antonio Comino Serrano, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Priego de Córdoba, a 28 de marzo de 2014.

Vistos y examinados los presentes autos núm. 469/2013, de Juicio Ordinario por doña Inmaculada Ruiz del Real, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Priego de Córdoba y su partido; seguidos a instancia de la entidad De Lage Landen International B.V. (DLL), sucursal en España, representada por el Procurador Sr. Díaz de la Coba, y asistida por el Letrado Sr. Vicario Trinidad, contra don Antonio Comino Serrano, en situación procesal de rebeldía;

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda presentada en representación de la entidad De Lage Landen International B.V. (DLL), sucursal en España, contra don Antonio Comino Serrano, debiendo declarar resuelto el contrato de préstamo de financiación mercantil a comprador de bienes muebles núm. 75640007235, impreso núm. 2.138.269, en fecha 7 de octubre de 2010, concertado entre las partes por incumplimiento del demandado, y como consecuencia condenar a don Antonio Comino Serrano a abonar a la demandante la cantidad de 21.101,36 euros en concepto de principal e intereses devengados hasta el 18 de junio de 2013, más los intereses pactados de demora que se generen desde el 19 de junio de 2013 hasta la fecha del efectivo pago por el demandado.

Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Iltma. Audiencia Provincial de Córdoba, interponiéndose ante este Juzgado en el plazo de 20 días, debiendo consignarse con carácter previo la cantidad de 50 euros en la cuenta que para tal efecto se encuentra habilitada en este Juzgado, así como dar cumplimiento al resto de presupuestos legales que exige la legislación vigente.

Por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, don Antonio Comino Serrano, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Priego de Córdoba, a catorce de abril de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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