Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 18/07/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 11 de julio de 2014, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace público el Acuerdo de la Sección de Registro e Información de los Servicios Centrales por el que se delega la competencia para la autenticación y compulsa de documentos.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos que presentan los ciudadanos en los Registros de Documentos corresponden a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado. De no existir tales Jefaturas de Sección, la competencia corresponderá a la Jefatura del Servicio o Secretaría General bajo cuya responsabilidad se gestione la función del Registro General de Documentos.

La Sección de Registro e Información es la responsable de los registros de documentos existentes en la misma.

Por razones técnicas y para agilizar los procedimientos, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por cuanto antecede, esta Secretaría General Técnica

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 10 de julio de 2014, de la Sección de Registro e Información de los Servicios Centrales, por el que se delega en el personal funcionario titular de los puestos de trabajo relacionados en el Anexo de la presente Resolución.

Sevilla, 11 de julio de 2014.- La Secretaria General Técnica, María José Alcalá Rueda.

ANEXO

«ACUERDO 10 DE JULIO DE 2014, DE LA SECCIÓN DE REGISTRO E INFORMACIÓN, POR LA QUE SE DELEGA LA FUNCIÓN DE COMPULSA Y AUTENTICACIÓN DE DOCUMENTOS PARA SU TRAMITACIÓN ANTE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos que presentan los ciudadanos en los Registros de Documentos corresponden a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado. De no existir tales Jefaturas de Sección, la competencia corresponderá a la Jefatura del Servicio o Secretaría General bajo cuya responsabilidad se gestionen la función del Registro General de Documentos.

Es la Sección de Información y Registro de esta Consejería responsable del servicio de las oficinas de Registro de Servicios Centrales y Auxiliares. Por razones técnicas y para agilizar los procedimientos, es necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. En consecuencia la Jefa de la Sección de Registro e Información

ACUERDA

Primero. Delegar la competencia prevista en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, en el personal funcionario destinado en los Registros de Servicios Centrales y en los auxiliares, titulares de los puestos de trabajo que se relacionan a continuación:

- Código 420010 Negociado de Registro.

- Código 419910 Negociado de Registro e Información.

- Código 9363010 Auxiliar Recepción Documentación.

- Código 2718410 Auxiliar de Gestión.

- Código 9054310 Auxiliar Administrativo.

- Código 3302910 Auxiliar Administrativo.

- Código 418810 Auxiliar Administrativo.

Segundo. Está delegación será revocable en cualquier momento y se ejercerá en todo caso con sujeción a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo en virtud de la presente delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor el día siguiente al de su publicación. La Jefa de Sección de Registro e Información, M.ª Isabel Pérez Lazpiur».

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