Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 18/07/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Comercio

Resolución de 27 de junio de 2014, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la declaración de la zona de playa del municipio de Salobreña, de la provincia de Granada, como Zona de Gran Afluencia Turística, a los efectos de horarios comerciales.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 de la Orden de 24 de julio de 1996, por la que se regula el procedimiento para la determinación de las zonas que tengan la condición de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, se hace público que, por Orden de la Consejería de Turismo y Comercio de fecha 24 de junio de 2014, se declara la zona de playa del municipio de Salobreña (Granada) Zona de Gran Afluencia Turística a los efectos de horarios comerciales para los períodos que a continuación se relacionan:

La declaración de gran afluencia turística a los efectos de libertad de horarios comerciales será para la zona, los períodos y la vigencia que se determina a continuación:

- La zona de Playa (18173000401-PLAYA, código INE de clasificación de núcleos de población y entidades singulares).

- Semana Santa, abarcará desde el Domingo de Ramos al Sábado Santo, ambos incluidos, de los años 2015, 2016 y 2017.

- En el período estival, desde el 1 de julio al 15 de septiembre, ambos incluidos, de los años 2014, 2015, 2016 y 2017.

Sevilla, 27 de junio de 2014.- La Directora General, M.ª Carmen Cantero González.

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