Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 21/07/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 7 de julio de 2014, de la Dirección General de Administración Local, por la que se acuerda la disolución de la agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención entre los Ayuntamientos de Íllar, Terque y Alsodux (Almería) y se acuerda la constitución de la agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención de Íllar y Terque (Almería) y la de Alsodux y Ohanes (Almería).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00051850.

ANTECEDENTES

I. Los Ayuntamientos de Íllar, Terque y Alsodux (Almería), mediante Acuerdos Plenarios adoptados en sesiones de 28 de marzo de 2014, 14 de marzo de 2014 y 30 de noviembre de 2013, respectivamente, acordaron la disolución de la agrupación constituida para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención, reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

II. Los Ayuntamientos de Alsodux y Ohanes (Almería) acordaron mediante Acuerdo de Pleno solicitar la constitución de una agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1732/1994.

III. La Excma. Diputación Provincial de Almería, con fecha 28 de mayo de 2014, informa favorablemente tanto la disolución de la agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención entre los Ayuntamientos de Íllar, Terque y Alsodux (Almería), como la constitución de la agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención de Íllar y Terque (Almería) y la de Alsodux y Ohanes (Almería).

Por ello, y en virtud de las competencias conferidas por la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, de aplicación al haberse iniciado el expediente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, y por el artículo 7.2 d) del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, esta Dirección General de Administración Local

RESUELVE

Primero. Acordar la disolución de la agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención entre los Ayuntamientos de Íllar, Terque y Alsodux (Almería).

Segundo. Acordar la constitución de la agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría de clase tercera entre los Ayuntamientos de Íllar y Terque (Almería) reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención.

Tercero. Acordar la constitución de la agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría de clase tercera entre los Ayuntamientos de Alsodux y Ohanes (Almería) reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la subescala de Secretaría-Intervención.

Cuarto. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o, en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este órgano, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Sevilla, 7 de julio de 2014.- El Director General, Francisco Javier Camacho González.

Descargar PDF