Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 29/07/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 30 de junio de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Trece de Madrid, dimanante de procedimiento ordinario núm. 72/2013.

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NIG: 28.079.00.4-2013/0002215.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 72/2013.

Materia: Reclamación de cantidad.

Demandante: Don Baltasar Ramírez Pérez Pastor.

Demandado: Esabe Vigilancia, S.A. y Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Trece de Madrid, hago saber:

Que en el procedimiento 72/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Baltasar Ramírez Pérez Pastor frente a Esabe Vigilancia, S.A., y Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO

En Madrid, a treinta de junio de dos mil catorce.

HECHOS

Primero. El presente proceso ha sido promovido por don Baltasar Ramírez Pérez Pastor, figurando como parte demandada Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y Esabe Vigilancia, S.A., sobre Reclamación de Cantidad, habiéndose citado a las partes.

Segundo. Que por la parte demandante ha manifestado que desiste de su demanda mediante escrito presentado el día 27.6.2014.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

Único. El desistimiento por parte del actor o actores, en el proceso laboral es un acto unilateral de la parte demandante, que produce la terminación del proceso. Procede tener al demandante por desistido de su demanda (artículo 20.2 LEC).

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora don Baltasar Ramírez Pérez Pastor de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: Contra el presente Decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco de Santander número 2511-0000-60-0072-13.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/La Secretario/a Judicial, doña María Isabel Tirado Gutiérrez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a treinta de junio de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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