Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 30/07/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 26 de junio de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga, dimanante de procedimiento verbal núm. 1165/2013. (PP. 2092/2014).

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NIG: 2906742C20130025207.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1165/2013. Negociado: 5.

Sobre: Reclamación de cuotas comunitarias.

De: CP C/ Compás de la Victoria, núm. 24, Málaga.

Procurador: Sr. Buenaventura Osuna Jiménez.

Contra: Ignorados herederos de Victoria Simonet Campos.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1165/2013, seguido a instancia de CP C/ Compás de la Victoria, núm. 24, Málaga frente a ignorados herederos de Victoria Simonet Campos se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA núm. 145/14

En Málaga, a dieciocho de junio de 2014.

Doña Teresa Maqueda Almendros, Juez de Adscripción Territorial destinada en el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Málaga, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal número 1.165/2013, seguidos como demandante por la Comunidad de Propietarios sita en calle Compás de la Victoria, núm. 24, de Málaga, representada por la Procuradora Sra. Osuna Jiménez y asistida del Letrado Sr. Fernández Baena, habiendo sido demandados los herederos de doña María Victoria Simonet Campos, en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Vistos los artículos citados y los demás de general y pertinente aplicación,

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios sito en calle Compás de la Victoria, 24, de Málaga, representada por la Procuradora Sra. Osuna Jiménez frente a herederos de doña María Victoria Simonet Campos, en rebeldía procesal,

ACUERDO

1.º Condenar a los demandados a que abonen a la Comunidad actora la cantidad de 3.779,09 €, junto con el interés legal.

2.º Condenar a los demandados al pago de las costas causadas en las presentes actuaciones.

Hágase saber a las partes que contra esta sentencia no cabe recurso alguno (art. 455. Apdo. 1 LEC).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, ignorados herederos de Victoria Simonet Campos, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a veintiséis de junio de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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