Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 31/07/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 24 de junio de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Trece de Málaga, dimanante de autos núm. 74/2014.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 74/2014. Negociado: 3.

Sobre: Despido.

NIG: 2906744S20130010928.

De: Doña Elisa Gaspar Molina.

Contra: Implantaciones Metálicas del Sur, S.L.

EDICTO

Doña Clara López Calvo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Trece de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 74/2014 a instancia de la parte actora doña Elisa Gaspar Molina contra Implantaciones Metálicas del Sur, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado Resoluciones: Auto y Decreto de fecha 24.6.14 cuyas Parte Dispositiva son del tenor literal siguiente:

1. PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª Iltma. dijo: Procede y así por este auto se dicta orden general de ejecución, así como despachar la misma en los siguientes términos:

1. A favor de doña Elisa Gaspar Molina, contra Implantaciones Metálicas del Sur, S.L.

2. Se despacha ejecución en cantidad suficiente para cubrir la suma de 4.472,61 euros, en concepto de principal, más 715,61 euros presupuestados para intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de tres días, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186, 187, 188 y 239 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de veinticinco euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado abierta en Banco de Santander núm. 4976 0000 64 0.... 13, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma el Iltmo. Sr. don Francisco José Trujillo Calvo, Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social núm. Trece de Málaga. Doy fe. El/La Magistrado/Juez. El/La Secretario/a.

2. PARTE DISPOSITIVA

Primero. Se acuerda requerir al ejecutado Implantaciones Metálicas del Sur, S.L., para que manifiesten a este Juzgado bienes o derechos de su propiedad que sean susceptibles de embargo, suficientes para cubrir la cuantía de 4.472,61 euros, en concepto de principal, más 715,61 euros presupuestados para intereses y costas, en total 5.188,22 euros; debiendo asimismo indicar las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes y, de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste que puedan interesar a la ejecución. En el caso de que los bienes estuvieran gravados con cargas reales, los ejecutados estarán obligado a manifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso, la parte pendiente de pago en esa fecha.

Segundo. Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes muebles y metálico de la propiedad de los ejecutados Implantaciones Metálicas del Sur, S.L., en cantidad suficiente para cubrir la sumas de 4.472,61 euros, en concepto de principal, más 715,61 euros presupuestados para intereses y costas, advirtiéndose a los ejecutados, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario, a cuyo fin remítase comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Málaga, sirviendo un testimonio de la presente resolución de mandamiento en forma al Agente Judicial, para que, asistido de Secretario o funcionario habilitado para ello, se lleven a efecto las diligencias acordadas, así como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, si fuese necesario.

Tercero. Se acuerda el embargo de las cantidades que la Agencia Estatal de Administración Tributaria tenga pendiente de devolver la ejecutada Implantaciones Metálicas del Sur, S.L., por IVA, IRPF u otros conceptos, en cantidad suficiente para cubrir la suma total de 5.188,22 euros, por la que se despacha la presente ejecución. Para su efectividad procédase a la retención de las mencionadas cantidades, a través de la aplicación telemática de la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.

Cuarto. Se acuerda embargo de los saldos a favor del ejecutado Implantaciones Metálicas del Sur, S.L., por las cantidades que se ha despachado ejecución anteriormente mencionadas, en las entidades financieras asociadas al servicio de embargos telemáticos a través del punto neutro judicial dando al efecto la oportuna orden.

Quinto. Se acuerda la investigación patrimonial del ejecutado en los términos que constan en el razonamiento tercero, a cuyo efecto recábese información mediante la consulta de la aplicación informática de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la Dirección General de Tráfico, Tesorería General de la Seguridad Social, Registro Mercantil Central y del Servicio de Índices de los Registros de la Propiedad.

Notifíquese a las partes advirtiéndoles que contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 454 bis de la LEC).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe. Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Trece de Málaga.

Doy fe. El/La Secretario/a.

Y para que sirva de notificación al demandado Implantaciones Metálicas del Sur, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veinticuatro de junio de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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