Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 153 de 07/08/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 30 de junio de 2014, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se acuerda la admisión a trámite del Plan Especial de Ordenación de la zona de servicio del Puerto Bahía de Algeciras en el término municipal de los Barrios (Cádiz).

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El Puerto de la Bahía de Algeciras es un puerto de interés general del Estado, cuya articulación urbanística debe realizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, según el cual la zona de servicio de los puertos estatales ha de ser calificada como sistema general portuario por los correspondientes Planes Generales de Ordenación Urbanística.

Este sistema general debe ser desarrollado a través de un Plan Especial o instrumento equivalente formulado por la Autoridad Portuaria correspondiente. Con carácter previo a la formulación de este instrumento de ordenación de la zona de servicio del puerto, debe ésta encontrarse delimitada mediante la aprobación de la Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios (antes denominado Plan de Utilización de los Espacios Portuarios) en dicho puerto, no pudiendo extenderse las determinaciones de aquel plan más allá de la zona de servicio así delimitada.

La tramitación y aprobación del referido Plan Especial se realizará de acuerdo con lo previsto en la legislación urbanística y de ordenación del territorio, por la Administración competente en materia de urbanismo, con las particularidades que se recogen en el citado artículo 56 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. A tal efecto, la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras ha solicitado a esta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio la tramitación y aprobación del Plan Especial de Ordenación de la Zona de Servicio del Puerto de la Bahía de Algeciras, en el término municipal de Los Barrios, una vez se ha procedido por dicha Autoridad Portuaria a la formulación del citado Plan Especial.

Por Orden de 12 de febrero de 1998 (BOE núm. 50, de 27.02.1998), se aprueba el plan de utilización de los espacios portuarios de los puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, modificado mediante Orden FOM/428/2007, de 13 de febrero (BOE núm. 51, de 28.02.07).

La zona de servicio del Puerto Bahía de Algeciras se extiende a través de cinco municipios: Algeciras, La Línea de la Concepción, Los Barrios, San Roque y Tarifa, de forma discontinua, dividida en enclaves aislados en los municipios de Algeciras, La Línea de la Concepción y Tarifa, y solo unidos por bandas costeras de Protección de la Bahía en el caso de Los Barrios y San Roque, y parcialmente entre La Línea de la Concepción y San Roque. Por ello se prevé dividir la ordenación urbanística de la zona de servicio en cuatro ámbitos territoriales, con sus correspondientes Planes Especiales. Uno de ellos, ya aprobado, afecta simultáneamente a dos municipios, La Línea de la Concepción y San Roque, mientras que los tres restantes quedarán circunscritos a los municipios de Algeciras, Los Barrios y Tarifa.

El Plan Especial tiene por objeto básico el establecimiento de la ordenación detallada de la Zona de Servicio del Puerto Bahía de Algeciras en el término municipal de Los Barrios. En definitiva, se trata de ordenar coherentemente unas áreas y zonas que constituyen una unidad funcional y espacial (la zona de servicio, de 365.019 m²), cuya gestión se atribuye a la Autoridad Portuaria. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, en relación con el artículo 14.1.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, según el cual los Planes Especiales tienen por finalidad, entre otras, establecer, desarrollar, definir y, en su caso, ejecutar o proteger infraestructuras.

El propio Plan Especial recoge: «De acuerdo con el contexto de estabilidad y de práctico agotamiento de las potencialidades del enclave portuario de Los Barrios, los objetivos del Plan Especial deben limitarse a diseñar una normativa adecuada a cada una de las áreas que componen la zona de servicio, de forma que se garantice el mantenimiento de las actividades actuales y potencialidades o demandas futuras, tanto en lo relativo a su propia funcionalidad, como a su compatibilidad con el entorno en el que se localizan.»

En relación al Plan Especial de Ordenación presentado por la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras para su tramitación y aprobación, el Servicio de Gestión y Ejecución de Planes de esta Dirección General de Urbanismo, con fecha 27 de junio de 2014, ha emitido informe favorable a la admisión a trámite del mismo.

A la vista de tales antecedentes y de las disposiciones legales de aplicación, de acuerdo con el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, y el artículo 26 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre; y en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, donde se integra la Dirección General de Urbanismo, conforme al Decreto 142/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la citada Consejería, en relación con el artículo 31.2.A a) de la citada Ley 7/2002, y a la persona titular de la citada Dirección General por el artículo 6.2.b) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo y lo establecido en la Disposición adicional tercera del citado Decreto 36/2014,

DISPONGO

Primero. Admisión a Trámite del Plan Especial.

Se acuerda la Admisión a Trámite del Plan Especial de Ordenación de la zona de servicio del Puerto Bahía de Algeciras en el término municipal de Los Barrios, formulado por la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras.

El Plan Especial tiene por objeto básico el establecimiento de la ordenación detallada de la Zona de Servicio del Puerto Bahía de Algeciras, en el término municipal de Los Barrios, ordenando áreas y zonas que constituyen una unidad funcional y espacial (la zona de servicio), cuya gestión se atribuye a la Autoridad Portuaria.

Segundo. Ámbito del Plan Especial.

El ámbito del Plan Especial comprende los terrenos de la zona de servicio del Puerto Bahía de Algeciras en el término municipal de Los Barrios, que cuenta con una superficie terrestre de 365.019 m², distribuidos en tres ámbitos: las instalaciones de las empresas Endesa Generación y E.O.N Generación, que se extienden por el borde de la Bahía y penetran en la ribera del río Guadarranque; las de la factoría de Acerinox y un tramo de la playa de Palmones de unos 200 m. de largo.

Tercero. Tramitación del expediente.

La tramitación del presente Plan Especial, de conformidad con la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, y el Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se ajustará al siguiente procedimiento.

a) La aprobación inicial del Plan Especial corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

b) Tras la aprobación inicial, el documento será sometido a un período de información pública por plazo de un mes, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia de Cádiz y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Los Barrios (Cádiz), con audiencia a este municipio y a los de Algeciras, La Línea de la Concepción, San Roque y Tarifa. Asimismo, se dará traslado de la aprobación inicial a los órganos y entidades administrativas que por sus competencias u objeto resulten afectadas por el Plan Especial, para que emitan los pronunciamientos oportunos.

c) A la vista del resultado de los trámites previstos en el apartado anterior, la persona titular de la Dirección General de Urbanismo resolverá, en su caso, sobre la aprobación provisional del Plan Especial.

Una vez realizados todos los actos de trámite e instrucción exigidos por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, se dará traslado a la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras del contenido del Plan Especial para que se pronuncie sobre los aspectos de su competencia. Ésta, a su vez, lo remitirá al organismo Puertos del Estado a fin de que formule las observaciones y sugerencias que estime convenientes.

d) La aprobación definitiva del Plan Especial corresponde a la persona titular de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

e) Tras la aprobación definitiva, el Plan Especial se inscribirá en los Registros Autonómico y Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de Bienes y Espacios Catalogados, y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

f) Se procederá a la notificación de la aprobación definitiva del Plan Especial a la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras y a los demás interesados que consten en el expediente administrativo.

Cuarto. Efectos.

La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de junio de 2014.- El Director General, Rafael Márquez Berral.

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