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NIG: 1101242M20090000439.
Procedimiento: Incid. impug. inventario/lista acreedores (96 LC) 282/2010. Negociado: 6.
De: Automatismo y Mecánica de La Bahía de Cádiz, S.L.
Procuradora: Sra. doña Mercedes Domínguez Flores.
Contra: Administración concursal, AEAT, Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L., Rocío Ladrero Madrid, Santiago Criado Ruiz, Eduardo Bartelomy, Carlos Jesús Rodríguez Figueras, Emilio Rodríguez Mariscal y Balt Co.
Procuradora: Sra. doña María O. Noriega Fernández.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
SENTENCIA
En Cádiz, a 21 de de junio de 2013
La Ilma. Sra. doña Nuria Auxiliadora Orellana Cano, Magistrada-juez del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Cádiz, habiendo visto los autos de Incidente Concursal seguidos en este Juzgado con el número 282/10, tramitados en la Sección Cuarta del Concurso Voluntario núm. 560/09, a instancia de la concursada Automatismos y Mecánica de la Bahía de Cádiz, S.L. representada por la Procuradora de los Tribunales doña Mercedes Domínguez Flores, contra la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Administración Concursal representada por el Letrado don Miguel de Santiago Canelada; don Santiago Criado Ruiz, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María de la O Noriega Fernández, y contra Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L., doña Rocío Ladrero Madrid, don Eduardo Barthelomy, don Carlos Jesús Rodríguez Figueras, don Emilio Rodríguez Mariscal y Balt CO, declarados en rebeldía, sobre impugnación del inventario y de la lista de acreedores.
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la concursada Automatismos y Mecánica de la Bahía de Cádiz, S.L. representada por la Procuradora de los Tribunales doña Mercedes Domínguez Flores, contra la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Administración Concursal representada por el Letrado don Miguel de Santiago Canelada; don Santiago Criado Ruiz, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María de la O Noriega Fernández, y contra Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L, doña Rocío Ladrero Madrid, don Eduardo Barthelomy, don Carlos Jesús Rodríguez Piqueras, don Emilio Rodríguez Mariscal y Balt CO, declarados en rebeldía, debo acordar el reconocimiento a Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L. de un crédito ordinario contingente sin cuantía, y a don Carlos Jesús Rodríguez Figueras, de un crédito con privilegio general contingente sin cuantía, que se confirmará cuando sean firmes o se compruebe la firmeza de las sentencias aportadas.
No se hace expresa imposición de costas.
Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra esta sentencia no cabe recurso alguno, pero las partes podrán reproducir la cuestión en la apelación más próxima siempre que hubieren formulado protesta en el plazo de cinco días.
Comuníquese a la administración concursal para que proceda de conformidad con el art. 96.5 LC.
Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Balt CO, extiendo y firmo la presente en Cádiz, a siete de julio de dos mil catorce.- El/La Secretario/a.
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