Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 156 de 12/08/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Comercio

Orden de 29 de julio de 2014, por la que se fija una cuantía de crédito adicional y se realiza la declaración de créditos disponibles y su distribución entre ámbitos territoriales, relativos a la Orden de 31 de marzo de 2014, por la que se modifica la de 14 de junio de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de turismo, se aprueba nuevo cuadro resumen de las bases reguladoras y los formularios para presentar las solicitudes y alegaciones, y por la que se convocan las mismas para el ejercicio 2014 en la línea de fomento de servicios turísticos y creación de nuevos productos (modalidad ITP).

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Mediante Orden de 14 de junio de 2011, de la entonces Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de turismo en la línea de fomento de servicios turísticos y creación de nuevos productos (modalidad ITP).

Por su parte, la Orden de 31 de marzo de 2014, modifica la Orden anteriormente citada, realiza la convocatoria de la indicada línea para el ejercicio 2014 y aprueba el cuadro resumen de las bases reguladoras y los formularios para presentar las solicitudes y alegaciones (BOJA núm. 72, de 14 de abril de 2014). En el apartado cuarto de esta Orden se establece que la línea de subvenciones para el fomento de servicios turísticos y creación de nuevos productos (ITP) se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.18.00.17.00.775.03 75D, siendo la cuantía total máxima destinada a la citada convocatoria de 1.551.693,00 euros. En todo caso, la concesión de las ayudas objeto de dicha convocatoria estará limitada por las disponibilidades presupuestarias.

Además, en el apartado sexto se contempla que, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 5.2 de la Orden de 14 de junio de 2011, la distribución territorial y/o funcional de la cuantía total máxima para esta línea de subvenciones se realizará para cada ámbito de concurrencia por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo y se publicará en el BOJA con anterioridad al comienzo de la evaluación previa a que se refiere el artículo 16 de dicha Orden de 14 de junio de 2011.

Por otra parte, el apartado quinto de la Orden por la que se realiza esta convocatoria, establece que, excepcionalmente, a la cuantía total máxima fijada para cada ejercicio, se podrán adicionar créditos que aunque no figuren inicialmente como disponibles en el Presupuesto en el momento de la convocatoria, se prevean obtener en cualquier momento anterior a la resolución de concesión, por depender de un aumento de crédito derivado de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito. La efectividad de esta cuantía adicional, que no superará la cantidad de 3.500.000,00 euros, será establecida mediante una declaración de disponibilidad del crédito con anterioridad a la resolución de concesión de subvención y será realizada por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de turismo y se publicará en el BOJA.

De acuerdo con todo lo anterior, y en uso de las competencias conferidas en el Título VII del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Adicionar la cantidad de 3.500.000,00 euros a la inicialmente aprobada para la financiación de esta línea de subvenciones, que ascendía a la cantidad de 1.551.693,00 euros, quedando una montante final de 5.051.693,00 euros, declarando disponible la citada cantidad con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias: 3.788.769,75 euros, con cargo a la aplicación 0.1.18.00.17.00.775.03 75D; y 1.262.923,25 euros, con cargo a la aplicación 3.1.18.00.17.00.775.03 75D 2015.

Segundo. Aprobar la distribución de los créditos disponibles declarados en el dispongo anterior entre los distintos ámbitos territoriales establecidos en el apartado 2.d) del cuadro resumen de la Orden de 31 de marzo de 2014, por la que se modifica la de 14 de junio de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de turismo, se aprueba nuevo cuadro resumen de las bases reguladoras y nuevos formularios para presentar las solicitudes y alegaciones, y por la que se convocan las mismas para el ejercicio 2014 en la línea de fomento de servicios turísticos y creación de nuevos productos (modalidad ITP), de la siguiente manera, siendo dicha asignación de cantidades determinada en función del total de proyectos solicitados en cada una de las provincias:

Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla SS.CC
IMPORTE 600.000 1.000.000 150.000 300.000 700.000 800.000 1.000.000 400.000 101.693

Tercero. Esta declaración de disponibilidad del crédito y la distribución territorial del montante total del crédito no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución.

Sevilla, 29 de julio de 2014

rafael rodríguez bermúdez
Consejero de Turismo y Comercio
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