Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 29/09/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 17 de septiembre de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 130/2014.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 130/2014. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20120016380.

De: Doña Tamara Díaz Robledo y doña María José Arteaga Escudero.

Contra: Foodexo Colectividades, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 130/2014 a instancia de la parte actora doña Tamara Díaz Robledo y doña María José Arteaga Escudero contra Foodexo Colectividades, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de fecha 17.9.14 del tenor literal siguiente:

DECRETO

Secretaria Judicial doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a diecisiete de septiembre de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Doña Tamara Díaz Robledo y doña María José Arteaga Escudero han presentado demanda de ejecución frente a Foodexo Colectividades, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 9.7.14 por un total de 67.707,49 € en concepto de principal más la de 13.541,49 presupuestados para intereses y costas.

Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que, de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO

Declarar al/a los ejecutado/s Foodexo Colectividades, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 67.707,49 € de principal más la de 13.541,49 presupuestados para intereses y costas euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Foodexo Colectividades, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a diecisiete de septiembre de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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