Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 01/10/2014

5. Anuncios5.1 Licitaciones públicas y adjudicaciones

Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 23 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Rehabilitación y Arquitectura, por el que se notifica acuerdo de inicio de expediente de resolución de contrato menor de consultoría y asistencia.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00055505.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede mediante este acto a notificar acuerdo de inicio del expediente de resolución de contrato menor de consultoría y asistencia que a continuación se relaciona, dado que la notificación personal realizada en el domicilio que venía reflejado en el mismo (último domicilio conocido) ha resultado infructuosa.

Destinatario: Brasel Iniciativas Económicas y Empresariales, S.L.

Expediente: Contrato Menor de Consultoría y Asistencia 2002/3353 (AV-39257-AST-2X) «Asesoramiento y apoyo relacionado con la investigación relacionada con la evaluación, en términos de empleo, de las actuaciones de vivienda programadas o a programar, desde la DGAV».

Acto notificado: Acuerdo de inicio del expediente de resolución del contrato menor.

Lo que se notifica a los efectos legales oportunos, indicándose que el mencionado expediente se encuentra a su disposición en esta Dirección General, para que en el plazo de diez días naturales, a contar desde el día siguiente de la presente publicación pueda presentar cuantas alegaciones que en su derecho convenga, así como documentos y justificaciones en defensa de su postura. La no presentación de alegación en el plazo concedido se interpretará como no oposición a la resolución del contrato.

Sevilla, 23 de septiembre de 2014.- La Directora General, Gaia Redaelli.

Descargar PDF