Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 193 de 02/10/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Acuerdo de 16 de septiembre de 2014, del Consejo de Gobierno, por el que se afecta por mutación demanial externa al Ministerio del Interior, un inmueble sito en C/ Betis, s/n, en Sevilla, con destino a sede de la Comisaría de la Policía Nacional del distrito Sevilla.

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El Ministerio del Interior ha solicitado la afectación por mutación demanial externa de un inmueble, sito en C/ Betis, s/n, en Sevilla, con destino a sede de la Comisaría de la Policía Nacional del distrito Sevilla-Triana.

La Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, departamento al que está adscrito el inmueble, ha mostrado su conformidad con la referida afectación en los términos que se establecen en el presente Acuerdo.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, el Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el día 16 de septiembre de 2014,

ACUERDA

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 bis de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, afectar por mutación demanial externa al Ministerio del Interior, el inmueble que se describe a continuación, con destino a sede de la Comisaría de la Policía Nacional del distrito Sevilla-Triana:

Finca inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Sevilla, al tomo 1.186, libro 687, folio 118, registral número 34.370.

Urbana: Edificio de tres plantas ocupado por la Comisaría de Policía de Triana, en la calle Betis de esta ciudad, que ocupa novecientos veintitrés metros, cuarenta decímetros cuadrados de solar. Dicho edificio tiene una superficie total construida de setecientos cuatro metros, seis decímetros cuadrados, que corresponden doscientas treinta y cuatro metros, setenta y dos decímetros cuadrados por planta, la planta baja y primer semisótano –a calle- están destinados a oficinas y el segundo semisótano para almacén. La superficie del patio es de seiscientos ochenta y ocho metros, sesenta y ocho decímetros cuadrados. Linda: al Norte, en línea de once metros, cincuenta centímetros, con terrenos propiedad del Patrimonio del Estado; al Este, con línea quebrada de sesenta y tres metros, tres decímetros, con la Dársena del Río Guadalquivir; al Sur, en línea de diecisiete metros, ochenta centímetros, con terrenos propiedad del Patrimonio del Estado; y al Oeste con línea de sesenta y cuatro metros, veinte centímetros, con vía pública –calle Betis–, por donde tiene entrada.

Su referencia catastral es 4518301TG3441N0001JL.

Anotada en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el número 200000/5126 y carácter demanial.

Segundo. Si el bien afectado no fuera destinado al uso público previsto o dejara de destinarse posteriormente, se considerará resuelta la afectación y revertirá a la Comunidad Autónoma de Andalucía, integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias, accesiones y cuantas revalorizaciones se hubieran acometido en el mismo, sin derecho a compensación alguna, teniendo la Comunidad Autónoma de Andalucía, además, derecho a percibir del Ministerio del Interior, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos o deterioros que hubiera causado.

Tercero. El Ministerio del Interior se obliga a asumir los gastos necesarios para el buen uso del bien afectado.

Cuarto. El Ministerio del Interior se subroga, durante la vigencia de la afectación, en las obligaciones tributarias que la Comunidad Autónoma de Andalucía tenga respecto del inmueble afectado.

Asimismo, queda obligado a mantenerlo durante la vigencia de la afectación en perfecta conservación, siendo responsable de los daños, detrimentos o deterioros causados en el bien afectado.

Quinto. Queda expresamente prohibido el arrendamiento y la cesión del bien afectado, sin perjuicio de que se permita su gestión directa o indirecta por los sistemas previstos en la legislación estatal aplicable.

Sexto. En cumplimiento de lo regulado por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la afectación objeto del presente Acuerdo.

Séptimo. La Comunidad Autónoma de Andalucía, a través de la Dirección General de Patrimonio, conservará, en todo caso, las potestades de autotutela sobre el bien afectado, en orden al ejercicio de las prerrogativas contempladas en el Capítulo I del Título II de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sevilla, 16 de septiembre de 2014

susana díaz pacheco
Presidenta de la Junta de Andalucía
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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