Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 194 de 03/10/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 29 de septiembre de 2014, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Jaén, por la que se hace pública la Resolución de 25 de septiembre de 2014, del Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano, por la que se delega la competencia para la autenticación y compulsa de documentos.

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Al objeto de dotar de mayor agilidad el ejercicio del derecho de los ciudadanos a la obtención de copia sellada de los documentos que presenten, aportada junto con los originales, así como a la devolución de éstos, contemplado en el artículo 35.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano, Cod. 9392410, de esta Delegación Territorial ha acordado delegar la competencia en distintos puestos de trabajo del ámbito del Servicio de Atención al Ciudadano.

Considerando lo dispuesto en el art. 13.3 de la Ley 30/92, de RJAP y PAC, y art. 102 de la Ley 9/2007, de la Admón. de la Junta de Andalucía, en relación con el requisito de publicación de los acuerdos de delegación de competencias, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 25 de septiembre de 2014, del Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano, adscrito al Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Territorial en Jaén, por el que se delega en los puestos de trabajo relacionados, Anexo a la presente Resolución.

Jaén, 29 de septiembre de 2014.- La Delegada, Ana María Cobo Carmona.

ANEXO

«RESOLUCIÓN DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2014, DEL DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN, REGISTRO Y ATENCIÓN AL CIUDADANO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE JAÉN DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN CIENCIA Y EMPLEO, POR LA QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN Y COMPULSA DE DOCUMENTOS MEDIANTE COTEJO EN LOS PUESTOS DE TRABAJO REALACIONADOS EN LA PRESENTE RESOLUCIÓN

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, reconoce, en sus artículos 35.c) y 46, respectivamente, por una parte el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que se presenten, aportándola junto con los originales, así como la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos, mediante cotejo con los originales, corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos. Igualmente el artículo 4.b) de la orden de 11 de octubre de 2006, por la que se establece la utilización de medios electrónicos para la expedición de copias autenticadas, contempla a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados como órganos competentes para expedir copias autenticadas electrónicamente.

Una de las funciones principales de los Registros Generales y Auxiliares es la de facilitar la presentación de escritos y ésta no se lograría satisfactoriamente si las copias selladas de los documentos que se presenten, junto con los originales, para la devolución de éstos, a tenor de lo dispuesto en el artículo 35.c) de la Ley 30/1992, ya citada, no pudieran ser autenticadas de manera ágil y simultánea a la presentación, una vez realizado su cotejo, por estar reservado el ejercicio de dicha competencia a un único puesto de trabajo. Por ello, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en un mayor número de puestos de trabajo del Servicio de Atención al Ciudadano, al objeto de dotar de mayor agilidad al referido trámite.

La presente delegación de competencias se realiza al amparo del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y, en su virtud,

RESUELVO

Primero. Delegar la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, prevista en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, en los códigos de puesto de trabajo que a continuación se citan: Código 9392510, Asesor Técnico; Código 8220810, Asesor Técnico; Código 11480610, Ng. Notificaciones; Código 499110, Ng. Registro General; Código 8110310, Dp. Información y Calidad; Código 8110410, Asesor Técnico Información; Código 8220710, A.T. Información; Código 9059110, Asesor Información; Código 8186910, Ng. Gestión Control Calidad. Ello en tanto que dichos códigos o aquellos que pudieran resultar de futuras transformaciones de los mismos permanezcan adscritos al Servicio de Atención al Ciudadano código 8109910.

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el art. 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucia, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia. El Jefe de Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano. Juan Juan Rubio.»

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