Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 07/10/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 19 de septiembre de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 116.1/2014.

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NIG: 2906744S20130008606.

Procedimiento: 664/2013.

Ejecución núm.: 116.1/2014. Negociado: B3.

De: Doña María Luisa Gómez Meléndez, don Miguel Ángel Puntas Delgado, don Benjamín González García y doña María Pilar Pereña Ramírez.

Contra: Mr. Gold, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 116.1/2014 a instancia de la parte actora doña María Luisa Gómez Meléndez, don Miguel Ángel Puntas Delgado, don Benjamín González García y doña María Pilar Pereña Ramírez contra Mr. Gold, S.L., sobre Ejecución se ha dictado Decreto de fecha 19.9.2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

1. Se acumula la ejecución número 144.1/2014, a la seguida ante este mismo Juzgado bajo el número 116.1/2014.

2. Se fija como cantidad principal objeto de ejecución la de 36.289,49 euros de principal, más 5.806,31 euros presupuestados para intereses, costas y gastos.

3. Déjese constancia de la presente acumulación y de la ampliación de los embargos trabados en su día:

- Sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado mantenga o pueda contratar con la/s entidad/es financiera/s adheridas al sistema de embargos automáticos, hasta cubrir el principal y costas, a tal efecto dése la nueva orden telemática a través del Punto Neutro Judicial por la cantidad objeto de ejecución tras la acumulación acordada.

- Sobre la devolución que de la AEAT pueda resultar respecto de la ejecutada.

- Sobre las cantidades pendientes de abonar a la ejecutada en concepto de facturaciones adeudadas a esta por los servicios prestados a las empresas relacionadas en el informe patrimonial que son Metalfin España, S.L.; Oro Alhambra, S.L.; Metales Nobles de Galicia, S.L., y Jadecer Hijos, S.L.

- Sobre las cantidades pendientes de abonar a la ejecutada por el Ayuntamiento de Algeciras, en cualquier concepto y en concreto en relación a la Finca de Algeciras núm. 74509, gravada con una Hipoteca, en garantía de una letra de cambio, a favor de la entidad ejecutada Mr. Gold, S.L., actual tenedor de dicha letra.

Notifiquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de revisión ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto núm. 2955 0000 64 0116 14, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Revisión», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco Santander 0030 1846 42 0005001274, debiendo indicar el beneficiario. Juzgado de lo Social núm. 07 de Málaga, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Revisión».

El/La Secretario/a Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Mr. Gold, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a diecinueve de septiembre de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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