Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 07/10/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 23 de septiembre de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 264/2013.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 264/2013. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20120014674.

De: Doña Reyes Martínez Dimas.

Contra: Centro Andaluz de Integración Laboral Unificada, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 264/2013 a instancia de la parte actora doña Reyes Martínez Dimas contra Centro Andaluz de Integración Laboral Unificada, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 1.7.14 del tenor literal siguiente:

DECRETO

Secretario Judicial: Doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a uno de julio de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En este procedimiento se ha dictado decreto en fecha 23.5.14 que ha sido notificado a las partes litigantes.

Segundo. En la referida resolución figura en la parte dispositiva el siguiente párrafo: «Declarar al/a los ejecutado/s Centro Andaluz de Integración Laboral Unificada, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 4.100 euros de principal más la de 4.100 € presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes».

Tercero. Reyes Martínez Dimas ha solicitado la aclaración de la misma en el siguiente sentido: Se ha cometido por parte del Juzgado un error en la transcripción de la cantidad referente al principal por la que se declara a la empresa en situación de insolvencia provisional.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. El artículo 214.1 de la LEC establece que los tribunales no podrán variar las resoluciones que dicten después de firmadas pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan. En el supuesto de autos donde dice: «Declarar al/a los ejecutado/s Centro Andaluz de Integración Laboral principal más la de 4.100 € presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes», procede decir: «Declarar al/a los ejecutado/s Centro Andaluz de Integración Laboral Unificada, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 20.500 euros de principal más la de 4.100 presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes».

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

1. Estimar la solicitud de aclarar la parte dispositiva del decreto dictado en este procedimiento con fecha 23.5.14 en el sentido que se indica a continuación: Donde dice: «Declarar al/a los ejecutado/s Centro Andaluz de Integración Laboral Unificada, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 4.100 euros de principal más la de 4.100 € presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes», debe decir: «Declarar al/a los ejecutado/s Centro Andaluz de Integración Laboral Unificada, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 20.500 euros de principal más la de 4.100 presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes».

2. Acuerdo incorporar esta resolución al libro correspondiente y llevar testimonio a los autos.

Notifíquese la presente resolución.

Contra este decreto no cabe interponer recurso alguno sin perjuicio del que pudiera interponerse frente a la resolución completada.

El/La Secretario/a Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Centro Andaluz de Integración Laboral Unificada, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintitrés de septiembre de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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