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REQUERIMIENTO DE EXTREMOS NO CUMPLIMENTADOS EN LA SOLICITUD
Examinadas las solicitudes presentadas por las Entidades Locales para participar en el Plan Extraordinario de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía y recibir la asignación inicial de las transferencias reguladas por el Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, de apoyo para acciones de solidaridad y garantía alimentaria, y una vez comprobado que las mismas no han sido cumplimentadas en todos sus extremos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 54 del citado Decreto-ley 8/2014, se requiere a las Entidades Locales que figuran en el listado publicado en la página web de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales para que procedan a la subsanación de los extremos indicados en dicho listado, y cuya dirección es:
www.juntadeandalucia.es/administracionlocalyrelacionesinstitucionales
El plazo para efectuar la subsanación es de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente requerimiento.
Se advierte que transcurrido el plazo señalado para subsanar la solicitud de participación sin que alguna Entidad Local haya presentado la misma, se considerará decaída la asignación inicial a favor de la misma de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56.1 del citado Decreto-ley 8/2014.
Sevilla, 17 de octubre de 2014.- El Director General, Francisco Javier Camacho González.
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