Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 30/10/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 1 de octubre de 2014, por la que se autoriza el cambio de titularidad a los centros de educación infantil «Don Pablito II» y «Don Pablito III» de Málaga.

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Francisco Florencio Ramos Claros, titular de los centros de educación infantil «Don Pablito II» y Don Pablito III, en solicitud de cambio de titularidad de los mismos a favor de Aljapale, S.L..

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece debidamente acreditada la titularidad de los centros de educación infantil «Don Pablito II» y Don Pablito III de Málaga, a favor de don Francisco Florencio Ramos Claros.

Resultando que don Francisco Florencio Ramos Claros, mediante escritura de cesión otorgada ante don Vicente José Castillo Tamarit, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, cede la titularidad de los referidos centros a favor de «Aljapale, S.L.», que la acepta.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros de educación infantil «Don Pablito II», código 29018133, con domicilio en C/ Juan de Rihuerga, 31, y Don Pablito III, código 29017323, con domicilio en Avda. Navarro Ledesma, 121, ambos de Málaga, que, en lo sucesivo, la ostentará Aljapale, S.L., que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan a los mismos, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros puedan tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que les correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros, ni a su configuración, en cuanto a las unidades y puestos escolares que tienen autorizados cada uno de ellos, teniendo ambos suscrito con esta Consejería de Educación, Cultura y Deporte el convenio de financiación al que se refiere el artículo 51 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo;.

Segundo. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos relativos a la titularidad y configuración de los mismos.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 1 de octubre de 2014

Luciano Alonso Alonso
Consejero de Educación, Cultura y Deporte
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