Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 30/10/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 15 de octubre de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 136/2014.

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Procedimiento: 260/14 Ejecución de títulos judiciales 136/2014. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20140002757.

De: Don José Manuel Montero López, Daniel Mateo Fernández, Fco. Javier Zamora Domínguez, Javier Pérez Vargas, Manuel Sequera Mauriño y José Javier Riquelme Martín.

Contra: Fogasa y Tecinsa Instalaciones, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 136/2014 a instancia de la parte actora don José Manuel Montero López, Daniel Mateo Fernández, Fco. Javier Zamora Domínguez, Javier Pérez Vargas, Manuel Sequera Mauriño y José Javier Riquelme Martín contra Fogasa y Tecinsa Instalaciones, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 2.9.14 del tenor literal siguiente:

DECRETO

Secretario Judicial doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a dos de septiembre de dos mil catorce.

El anterior escrito presentado por el Graduado Social don Pedro Luis Gómez Rueda, únase a los autos de su razón y,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. José Manuel Montero López. Daniel Mateo Fernández, Fco. Javier Zamora Domínguez, José Javier Riquelme Martín, Javier Pérez Vargas y Manuel Sequera Mauriño ha presentado demanda de ejecución frente a Tecinsa Instalaciones, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 2.6.14 por un total de 58.737,70 € en concepto de principal más la de 11.747,654 presupuestados para intereses y costas.

Tercero. Consta en el Juzgado de lo Social núm. Seis de Sevilla que con fecha 22.7.14 se ha dictado Decreto de insolvencia en los autos de ejecución núm. 80/14 y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Disponen los arts. 250 y 276 de la L.R.J.S que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Segundo. Dispone el art. 276.3 de la LRJS que declarada judicialmente la insolvencia de una empresa, ello será base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, pudiéndose dictar auto de insolvencia sin necesidad de reiterar las averiguaciones de bienes del art. 250 de esta Ley, debiendo darse audiencia al actor y al Fondo de Garantía Salarial para que señalen la existencia de nuevos bienes en su caso. Por ello y vista la insolvencia ya dictada contra la/s ejecutada/s se adopta la siguiente resolución.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO

Declarar al/a los ejecutado/s Tecinsa Instalaciones, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 58.737,70 € de pricipal mas la de 11.747,654 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S.

El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Tecinsa Instalaciones, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a quince de octubre de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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