Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 12/11/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Resolución de 6 de noviembre de 2014, de la Dirección Provincial de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía en Cádiz, por la que se anula sello oficial que se cita.

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Con fecha 29 de octubre de 2014 se comunica a la Secretaría General Provincial de la Dirección Provincial de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía en Cádiz la desaparición del sello de pie de firma identificado como Oficina Comarcal Agraria Jerez núm. 2, por parte de la funcionaria encargada de la custodia del mismo.

El artículo 7.2 de la Orden de 1 de diciembre de 1995, de la Consejería de Gobernación (BOJA núm. 165, de 23 de diciembre), que normaliza las características que han de reunir los sellos oficiales empleados en la actuación administrativa de la Junta, establece que «El control de los sellos corresponderá, en los Servicios Centrales de las Consejerías a las Secretarías Generales Técnicas, en los Servicios Centrales de los Organismos Autónomos a las Secretarías Generales, en las Delegaciones Provinciales y Gerencias Provinciales a las Secretarías Generales».

El artículo 41 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indica que: «Los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de las Administraciones Públicas que tuviesen a su cargo la resolución o el despacho de los asuntos serán responsables directos de su tramitación y adoptarán las medidas oportunas para remover los obstáculos que impidan, dificulten o retrasen el ejercicio pleno de los derechos de los interesados o el respeto a sus intereses legítimos, disponiendo lo necesario para evitar y eliminar toda anormalidad en la tramitación de procedimientos».

La pérdida de un sello oficial, con la consecuente posibilidad de que sea utilizado por una persona que no ostente la calidad de empleado público, puede provocar graves perjuicios a los ciudadanos, al permitir una apariencia de documento oficial a uno que no lo sea, con el consiguiente daño para la seguridad jurídica y el interés general. Por tanto, se ha necesario dejar, desde la fecha de 29 de octubre de 2014, sin validez ni efecto el sello indicado.

En base a lo expuesto, esta Dirección Provincial

R E S U E L V E

Anular el sello de pie de firma de esta Dirección Provincial (Oficina Comarcal Agraria Jerez número 2), dejando sin efecto cuantos documentos aparezcan con dicho sello a partir del día 29 de octubre de 2014. A tal efecto, no se admitirá en ningún caso la presentación de documentos con el sello extraviado.

Cádiz, 6 de noviembre de 2014.- El Director, Federico Fernández Ruiz-Henestrosa.

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