Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 14/11/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Decreto 158/2014, de 11 de noviembre, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública en relación con el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales.

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El Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, por el que se crea el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, reguló las competencias, el funcionamiento y la composición de dicho Tribunal Administrativo, estableciendo que el nombramiento de las personas titulares de la Presidencia y de las Vocalías se realizaría por Decreto del Consejo de Gobierno y que la persona titular de la Presidencia tendría rango asimilado al de titular de Dirección General.

El Decreto 120/2014, de 1 de agosto, por el que se acuerda el funcionamiento del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, acuerda el funcionamiento del mismo como órgano colegiado y establece que el nombramiento de las personas titulares de la Presidencia y de las Vocalías se realizará por Acuerdo del Consejo de Gobierno entre personas funcionarias de carrera con licenciatura o grado en Derecho. Asimismo, deberán haber desempeñado su actividad por tiempo superior a quince años, en el caso de la persona titular de la Presidencia, y superior a diez años, en el caso de las personas titulares de las Vocalías, preferentemente en el ámbito del Derecho Administrativo relacionado directamente con la contratación pública. Este personal ocupará puestos integrados en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y la forma de provisión de dichos puestos será la libre designación.

En base a ello, se procede a crear en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública los puestos de trabajo de Presidencia y Vocalías del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía. En dichos puestos se incluyen las características establecidas en la disposición de creación, en relación con la forma de provisión y con la titulación académica exigida, así como el correspondiente perfil funcional y el nivel adecuado a las funciones atribuidas a los mismos.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, con relación al artículo 4.2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 11 de noviembre de 2014,

DISPONGO

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía queda modificada en los términos indicados en el Anexo del presente Decreto.

Disposición adicional única. Requisito de experiencia.

La experiencia en los puestos de trabajo de Presidencia y Vocalía se regirá por lo establecido en el apartado 2 del artículo 2 del Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, por el que se crea el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de noviembre de 2014

Susana Díaz Pacheco
Presidenta de la Junta de Andalucía
María Jesús Montero Cuadrado
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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