Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 24/11/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales

Resolución de 18 de noviembre de 2014, de la Secretaría General del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se hace público el Acuerdo de 17 de noviembre de 2014, del Servicio de Personal y Administración General, por el que se delega la competencia para la autenticación y compulsa de documentos.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a la ciudadanía (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), determina que la competencia para la autentificación de copias de documentos públicos y privados, mediante cotejo con el original, que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual depende cada Registro General de Documentos corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de dicho Registro. De no existir tales jefaturas de sección, la competencia corresponderá a la jefatura de servicio o secretaría general bajo cuya responsabilidad se gestione la función del Registro General de Documentos.

Por razones técnicas se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por cuanto antecede, esta Secretaría General

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 17 de noviembre de 2014, del Servicio de Personal y Administración General de esta Agencia Administrativa, por el que se delega la competencia de autenticación de copias, mediante cotejo, en el personal funcionario que desempeñe el puesto de trabajo que se cita, cuyo texto figura como Anexo a la presente Resolución.

Sevilla, 18 de noviembre de 2014.- El Secretario General, Urbano J. Muñoz Pedroche.

ANEXO

«ACUERDO DE 17 DE NOVIEMBRE DE 2014, DEL SERVICIO DE PERSONAL Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER, POR EL QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN Y COMPULSA DE DOCUMENTOS

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce en sus artículos 35.c) y 46, respectivamente, por una parte, el derecho de la ciudadanía en sus relaciones con las Administraciones Públicas, a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de estos salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

Los artículos 23 y 9 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a la ciudadanía (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), determinan que la competencia para la autentificación de copias de documentos públicos y privados, mediante cotejo con el original, que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual depende cada Registro General de Documentos corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de dicho Registro. De no existir tales jefaturas de sección, la competencia corresponderá a la jefatura de servicio o secretaría general bajo cuya responsabilidad se gestione la función del Registro General de Documentos.

Por todo ello, esta Jefatura de Servicio, en el ejercicio de las funciones que tiene asignadas, vistos los preceptos legales mencionados y demás de general aplicación, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. La competencia de expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos, realizada mediante cotejo con el original, atribuida a la Jefatura de Personal y Administración General, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a la ciudadanía, queda delegada en el personal funcionario que desempeñe los puestos de trabajo que a continuación se relacionan, adscritos a la relación de puesto de trabajo del Instituto Andaluz de la Mujer.

8033510-A.T - Program. Atención Salud Mujeres.

1623810-A.T - Atención Social Mujeres.

8032510-A.T - Atención Mujer.

Segundo. La delegación que se efectúa mediante este Acuerdo será revocable en cualquier momento, sin perjuicio de la posible avocación de la misma cuando las circunstancias de índole técnica o jurídica lo hagan conveniente.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarta. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en le Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Sevilla, a 17 de noviembre de 2014. La Jefa del Servicio de Personal y Administración General. Fdo.: M.ª Teresa Gancedo Bringas.»

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