Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 12/12/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 6 de junio de 2014, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan las tarifas de auto taxis en el municipio de Utrera (Sevilla). (PP. 1703/2014).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.4 del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

R E S U E L V O

Primero. Autorizar las tarifas de auto taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

TARIFAS AUTORIZADAS

TARIFA 1. Urbana (IVA incluido)

TARIFAS (en euros) Tarifa 1.1 Tarifa 1.2 Tarifa 1.3

Bajada de bandera 1,33 1,62 2,02

Kilómetro de recorrido 0,92 1,13 1,42

Hora de espera o parada 20,15 25,20 31,50

Carrera mínima 3,63 4,53 5,67

TARIFA 1.1. Se aplicará en los servicios urbanos de lunes a viernes en los laborables de 7 a 21 horas.

TARIFA 1.2. Se aplicará en los servicios urbanos realizados:

En sábados, domingos y festivos de 0 a 24 horas.

En horas nocturnas de 21 a 7 horas.

En Semana Santa.

En Feria de Utrera de 10 a 22 horas.

Los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero, desde las 0 a 24 horas.

TARIFA 1.3. Se aplicará en los servicios urbanos realizados:

En viernes, sábados y vísperas de feria y festivos de 22 a 6 horas.

En Semana Santa de 21 a 7 horas.

En Feria de Utrera de 22 a 10 horas.

SUPLEMENTOS

Por cada maleta, bulto o conjunto de bultos de más de 60 cm (excluida silla de minusválido) 0,49 euros

SUPLEMENTOS ESPECIALES (sobre lo marcado en el taxímetro):

De Utrera a las urbanizaciones que disten menos

de 6 km desde el centro urbano 3,80 euros

De Utrera a las urbanizaciones que disten más

de 6 km desde el centro urbano 4,91 euros

Segundo. Esta Resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente, por los profesionales del sector, a los usuarios del servicio hasta tanto no se publiquen en el citado boletín, exhibiéndola en un lugar visible del vehículo.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de junio de 2014.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

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