Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 12/12/2014

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Cámara de Cuentas de Andalucía

Notificación de 4 de diciembre de 2014, mediante edictos, a don Vicente Manciles Higuero, a don Elías del Pozo Izquierdo y a don Antonio Luque Pancorbo, para la corrección de errores de la liquidación provisional practicada por la Cámara de Cuentas de Andalucía y de la providencia de 8 de noviembre de 2014, de requerimiento de pago, en las actuaciones previas núm. 198/08, de la Gerencia de Compras y Contratación Marbella, S.L., del Ayuntamiento de Marbella.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00060131.

CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

Actuaciones Previas número 198/08 ramo Entidades Locales.

Gerencia de Compras y Contratación Marbella, S.L., en Sevilla.

EDICTO

Doña Margarita Loscertales Abril, Secretaria de las actuaciones previas de referencia.

Hace saber: Que en dichas actuaciones previas se ha dictado, por el Delegado Instructor la siguiente:

«Providencia. Dada cuenta; en las presentes actuaciones habiendo advertido al día siguiente de la práctica de la liquidación provisional, efectuada el día 3 de diciembre de 2013, una discordancia entre el importe del presunto alcance que figura en la citada Liquidación, 1.409.708,82 €, y el que verdaderamente corresponde atendiendo a la suma de los importes parciales del total del alcance, 849.691,60 , esta se subsanó mediante la extensión de una diligencia, de fecha 4 de diciembre de 2013, de forma que dicha discordancia no tuvo la publicidad necesaria para el general conocimiento de los asistentes a la Liquidación Provisional, y ello, a pesar de que, el importe total del presunto alcance que aparece, tanto en la Providencia de los requerimientos de pago dictada con fecha 18 de diciembre de 2013, así como en las notificaciones del mismo, el importe total del alcance que aparece es el correcto, 849.691,60 .

A su vez, dicho error se arrastró en las liquidaciones provisionales individualizadas que se practicaron los días 25 de abril de 2014 y 3 de julio de 2014 y en las que se citaron, de un lado, a don Vicente Manciles Higuero, y de otro, a don Elías del Pozo Izquierdo y a don Antonio Luque Pancorbo, que fueron confirmatorias de la practicada con fecha 3 de diciembre de 2013 y, en consecuencia, los importes que figuran en las notificaciones que se les hicieron de las Providencias de requerimiento de pago adolecen, igualmente, de la citada discordancia en la cifra del alcance.

Por otro lado, se ha advertido que tanto en la Providencia de requerimiento de pago dictada con fecha 18 de diciembre de 2013, como las que se dictaron en relación con las Liquidaciones Provisionales individualizadas se han incluido a don Vicente Manciles Higuero y a don Elías del Pozo Izquierdo cuando, en realidad, al ser responsables subsidiarios no se debieron incluir, tal como se desprende de la simple lectura de la Liquidación Provisional practicada el día 3 de diciembre de 2013.

Finalmente, se han advertido errores aritméticos al transcribir alguno de los sumandos del importe total del alcance que no modifican éste, ni el importe que se les imputa a cada unos de los presuntos responsables.

A la vista de lo anterior

acuerdo

- Dar la debida publicidad a la discordancia advertida en la diligencia de fecha 4 de diciembre de 2013, mediante la cual se sustituyó el importe del alcance declarado en la liquidación provisional, 1.409.708,92 €, por el de 849.691,60 y cuyo importe coincide con el que aparece en la Providencia de 18 de diciembre de 2013.

- Dejar sin efecto las providencias de requerimiento de pago de fechas de 18 de diciembre de 2013, de 25 de abril y de 3 de julio de 2014, así como las correspondientes notificaciones en lo referente, únicamente, a los requerimientos practicados a don Vicente Manciles Higuero, y a don Elías del Pozo Izquierdo.

- Hacer las siguientes correcciones de los errores aritméticos advertidos en la Liquidación Provisional practicada el día 3 de diciembre de 2013:

Párrafo 4.º, página 9: Donde dice “siendo el principal 225.724,12 €” debe decir “siendo el principal 225.754,12 ”.

Párrafo 6.º, página 14: Donde dice “Consta como pagado 108.229,37 €” debe decir “Consta como pagado 108.230,37 ”.

Párrafo 2.º, página 15: “siendo el principal 108.229,37 €” debe decir “siendo el principal 108.230,37 ”.

Conclusión.

Párrafo 2.º, página 15: Donde dice “se ha cifrado en 1.409.708,82 € siendo el principal de 1.010.403,92  y los intereses correspondientes de 399.304,90 ”, debe decir “se ha cifrado en 849.691,59 siendo el principal de 610.255,65 y los intereses correspondientes de 239.435,94 ”.

En definitiva, a efectos aclaratorios los presuntos responsables del alcance de esta Liquidación Provisional y los importes que se les imputan son los siguientes:

- A D. A.J.T.Z. por 677.084,65 €, de los que 482.519,50 corresponden al principal y 194.565,15 a los intereses legales.

- A don Antonio Luque Pancorbo por 172.606,95 €, de los que 127.736,16 corresponden al principal y 44.870,79 a los intereses legales.

La suma de dichas cantidades ascienden a 849.691,59 €, siendo el principal de 610.255,65 y los intereses correspondientes de 239.435,94 , importe del alcance declarado en la liquidación provisional practicada el día 3 de diciembre de 2013 y confirmado en la Liquidaciones Provisionales individuales practicadas los días 25 de abril de 2014 y 3 de julio de 2014.

Dado que no se ha podido localizar el domicilio de don Vicente Manciles Higuero, don Elías del Pozo Izquierdo y a don Antonio Luque Pancorbo, cítense mediante edictos que se publicarán en el “Boletín Oficial de la Junta de Andalucía” y en el tablón de anuncios de esta Cámara de Cuentas. Los derechos o exacciones a que dé lugar la publicación de este edicto, se incluirán en la correspondiente tasación de costas en el supuesto de que hubiere condena expresa en las mismas, conforme a lo dispuesto en el artículo 68.2 de la Ley 7/1988, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas. Así lo acuerda el Delegado Instructor que firma.

Delegado Instructor. Firmado y rubricado.»

Lo que se hace público para que sirva para el conocimiento de las personas indicadas en el encabezamiento.

Dado en Sevilla, a 4 de diciembre de 2014.- El Delegado Instructor, Carlos Suan Mejías; la Secretaria de las Actuaciones Previas, Margarita Loscertales Abril.

Descargar PDF