Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 19/02/2014

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 30 de enero de 2014, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), por el que se notifica al adjudicatario que se relaciona Resolución en expediente de resolución de contrato sobre Vivienda de Protección Oficial de Promoción Pública sita en Cazorla (Jaén).

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Resultando infructuosas las averiguaciones pertinentes, se desconoce el actual domicilio de José Miguel Astasio López, cuyo último domicilio conocido estuvo en Cazorla (Jaén).

Mediante el presente Anuncio, de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica que en expediente de resolución de contrato contra José Miguel Astasio López, DAD-JA-2013-0013, sobre la vivienda perteneciente al Grupo JA-7018, finca 20254, sita en calle Del Enebro, 9, en Cazorla (Jaén), se ha dictado Resolucion de 13 de noviembre de 2013, Resolución del Gerente Provincial de Jaén, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (antes EPSA), en la que se consideran probadas las causas de resolución imputada. Apartados a), c) del art 15 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, y en su virtud, «La falta de pago de las rentas pactadas en el contrato de arrendamiento o de las cantidades a que esté obligada la persona adjudicataria en el acceso diferido a la propiedad, así como de las cantidades que sean exigibles por servicios, gastos comunes o cualesquiera otras establecidas en la legislación vigente. No destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente sin haber obtenido la preceptiva autorización administrativa», se acuerda la resolución contractual y el desalojo de la vivienda antes descrita.

En la resolución se le otorga el plazo improrrogable de un mes para el cumplimento voluntario de la misma, con objeto de que se entrega la llave y deje libre y expedita la vivienda. En caso contrario, se acuerda la ejecución subsidiaria y se le apercibe de ejecución forzosa, por lo que AVRA (antes EPSA), transcurrido ese plazo, desde la publicación de este anuncio y siendo firme y consentido el acto administrativo, se instará la correspondiente autorización judicial de entrada en la vivienda.

Una vez transcurrido dicho plazo, se seguirá el trámite legal.

La Resolución se encuentra a disposición del interesado en la Oficina de Gestión del Parque Público de Viviendas de AVRA (antes EPSA), sita en Isaac Albéniz, 2, 23009, Jaén, así como la totalidad del expediente administrativo.

Esta resolución no es firme, y contra la misma podrá formular recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, ante el/la Excmo./a. Sr./a. Consejero/a de Fomento y Vivienda, conforme a los arts. 114 y ss de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Jaén, 30 de enero de 2014.- El Gerente, José Luis Rodríguez Albín.

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