Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 19/02/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 28 de enero de 2014, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autoriza la modificación de las tarifas de suministro de agua potable de Benalmádena (Málaga). (PP. 258/2014).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00041418.

De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.4 del Decreto 156/2012, de 12 de Junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable al municipio de Benalmádena (Málaga) que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

Concepto Precio €/mes IVA excluido

CUOTA DE SERVICIO

Calibre del contador en mm

Hasta 15 3,46 euros/mes

20 6,92 euros/mes

25 13,31 euros/mes

30 20,06 euros/mes

40 40,10 euros/mes

50 85,92 euros/mes

65 114,28 euros/mes

80 144,01 euros/mes

100 200,57 euros/mes

125 315,20 euros/mes

150 592,19 euros/mes

CUOTA VARIABLE

Uso doméstico

De 0 hasta 5 m³/mes 0,27 euros/m³

Más de 5 hasta 15 m³/mes 0,43 euros/m³

Más de 15 hasta 30 m³/mes 0,68 euros/m³

Más de 30 m³/mes 1,41 euros/m³

Uso industrial, comercial y obras

De 0 hasta 25 m³/mes 0,68 euros/m³

Más de 25 hasta 35 m³/mes 1,00 euros/m³

Más de 35 m³/mes 1,54 euros/m³

Uso Hostería

Bloque único/mes 1,01 euros/m³

Uso dependencias municipales

Bloque único/mes 0,06 euros/m³

Uso organismos oficiales

Bloque único/mes 0,38 euros/m³

Otros usos

Bloque único/mes 0,99 euros/m³

CUOTA DE CONTRATACIÓN Y RECONEXIÓN

Calibre del contador en mm

Hasta 15 50,18 euros

20 79,56 euros

25 97,80 euros

30-32 116,53 euros

40 153,98 euros

50 191,44 euros

65 248,65 euros

80 304,84 euros

100 379,75 euros

125 473,69 euros

150 y superiores 567,02 euros

FIANZAS

Calibre del contador en mm

Hasta 15 38,80 euros

20 117,52 euros

25 236,18 euros

30-32 393,64 euros

40 591,15 euros

Más de 50 1.182,28 euros

RECARGO DE DESALACIÓN

Bloque único/mes 0,07 euros/m³

DERECHOS DE ACOMETIDA

Parámetro A: 32,66 euros/mm

Parámetro B: 355,31 euros/L./seg.

Esta Resolución surtirá efectos desde el día en que se dicta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad regulado en el artículo 10 del Decreto 365/2009.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de enero de 2014.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

Descargar PDF