Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 08/01/2014

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 19 de diciembre de 2013, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de Profesores Asociados.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 48.1 de la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, modificada por la Ley 4/2007, Orgánica de Universidades, de 12 de abril.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 20 de dicho texto, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como los Estatutos de esta Universidad, y atendiendo a la orden de autorización de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de fecha 10 de octubre de 2013, para la contratación temporal de profesorado universitario en las Universidades Públicas Andaluzas para el curso 2013-2014, por la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, ha resuelto convocar concurso público de méritos de las plazas de Profesores Asociados que se indican en el Anexo I de la presente Resolución, que se regirá de acuerdo con las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

El presente concurso se regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre, en su nueva redacción dada por la L.O. 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la anterior, y disposiciones de desarrollo; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; en el Estatuto de la Universidad de Sevilla (Decreto 324/2003, modificado por Decreto 16/2008); y en la Normativa sobre Procedimiento de Contratación de Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Asociados (aplicación de los Acuerdos 4.6.1/CG 16-7-04 y 4.6.2/CG 16-7-04 que modifican los Acuerdos 4.3.3/JG 12-7-96, 7.1/JG 19-7-01 y 3.5/CG 30-09-03) aprobada en sesión del Consejo de Gobierno del día 16 de julio de 2004. En lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley 4/1999, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Condiciones y requisitos de los solicitantes.

Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los aspirantes deberán haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, mantenerse hasta el momento de la formalización del contrato laboral, así como durante la totalidad del periodo de contratación.

2.1. Podrán concurrir al presente Concurso quienes, teniendo plena capacidad de obrar, reúnan los requisitos generales exigidos por la legislación vigente (Ley 6/2001, de Universidades, 4/2007, Decreto Legislativo 1/2013 y demás normas que sean de aplicación.

2.2. La titulación requerida será de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero Superior o equivalente, o Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, o Graduado. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, bien de la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.

2.3. Los concursantes deberán tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.4. Los aspirantes deberán justificar ser especialistas de reconocida competencia y acreditar estar ejerciendo una actividad profesional remunerada, relacionada con el área de conocimiento correspondiente a la plaza solicitada, de aquéllas para los que capacite el título académico que el interesado posea, con una antigüedad de, al menos, tres años y mantener el ejercicio de esa actividad durante la totalidad del período de contratación.

2.5. Los candidatos deberán poseer un conocimiento adecuado del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada, declarándose nulo el contrato si se demostrara lo contrario.

3. Presentación de solicitudes.

3.1. La solicitud se efectuará mediante instancia-currículum, por duplicado, debidamente cumplimentada, según modelo establecido por la Universidad de Sevilla (Anexo II), que se facilitará gratuitamente a los interesados en el Registro General de esta Universidad y que está disponible en el portal electrónico de la misma (http://www.us.es/accesos/pdi/perdoc/contratacion/convocatorias/index.html). Las plazas cuyos códigos aparezcan agrupados se tramitarán como una sola solicitud.

3.2. Las solicitudes deberán dirigirse al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, y se presentarán en el Registro General de esta Universidad, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el art. 38.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.3. Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Sevilla la cantidad de 20 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse a través de la entidad bancaria Santander Central Hispano, en la cuenta núm. 0049.2588.71.2114241655 (dígito bancario: 750), a nombre de «Universidad de Sevilla», haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, DNI y número de la plaza a la que se concursa. La falta del justificante de ingreso determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

3.4. Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación por duplicado:

a) Modelo de currículum vitae debidamente cumplimentado.

b) Justificante original acreditativo del ingreso o, en su caso, transferencia bancaria de los derechos de participación, debidamente diligenciada por la entidad bancaria.

c) Fotocopia compulsada del título correspondiente o, en su caso, del resguardo de haber abonado los derechos de expedición del mismo.

d) Documentos que se estimen convenientes para la debida justificación de los méritos en soporte CD (formato PDF) debidamente identificado con el nombre del concursante y el número de la plaza. Dichos méritos deberán ser numerados en el orden correspondiente que figura en la instancia-currículum. Los candidatos que así lo deseen podrán presentar dicha documentación en formato papel, por duplicado.

e) Para acreditar el ejercicio de la actividad profesional pertinente, la actual y la requerida de los 3 años de antigüedad, ya sea por cuenta ajena o propia, se deberán presentar fotocopias de los siguientes documentos:

• Trabajador por cuenta ajena:

- Informe de vida laboral actualizado, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

- Contrato o contratos de trabajo que cubran el periodo de tres años requerido, reflejados en la vida laboral, adjuntando certificado de la empresa con indicación del puesto de trabajo desempeñado, antigüedad y funciones, cuando del contrato no se deduzcan cuáles son.

- En el caso de los empleados públicos se aportará certificado u hoja de servicios actualizados.

• Trabajador por cuenta propia:

- Informe de vida laboral actualizado, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social o, si existe Colegio profesional y tiene esa alternativa, certificado actualizado de la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, indicando la antigüedad. En el caso de poder acogerse a la Disposición Decimoquinta de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, modificada por Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se deberá presentar certificado, actualizado del colegio profesional correspondiente de acogimiento a tal situación.

- En el supuesto de que para la actividad profesional que se ejerce no resulte obligatorio el alta en ninguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, se deberá presentar certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Colegio profesional correspondiente que acredite el ejercicio de la actividad profesional actualizado.

El término «actualizado» debe entenderse referido al plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso. En cualquier caso, los documentos presentados deberán dejar constancia del ejercicio de una actividad profesional de una antigüedad de, al menos, tres años, sea por cuenta ajena o propia, y justificar la actual.

3.5. Los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial.

3.6. La acreditación de los servicios en la Universidad de Sevilla, se hará mediante certificación que deberá solicitarse en el Servicio de Gestión de Personal Docente de esta Universidad, en el supuesto de servicios prestados en la misma. Por lo que respecta a la actividad docente, la certificación se solicitará en el Área de Ordenación Académica.

En el supuesto de servicios prestados en otra Universidad, la acreditación deberá hacerse mediante certificación expedida por el Secretario General de la misma, en la que se hagan constar la efectiva impartición de la docencia y que el contrato ha sido obtenido por concurso.

3.7. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos en cada plaza, antes del 31 de marzo de 2014, con indicación, en su caso, de la causa de exclusión o del reconocimiento del mérito preferente. Esta publicación se efectuará mediante exposición de las correspondientes listas en el tablón de anuncios de este Rectorado y, a título informativo, en el portal electrónico de esta Universidad (http://www.us.es/accesos/pdi/perdoc/contratacion/listas_adm-excluidos/index.html). Contra esta resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación.

Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes excluidos y efectuada la subsanación de documentación, en su caso, se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos, por el procedimiento anteriormente mencionado, así como la relación de aspirantes a los que se les reconoce el mérito preferente.

Los datos personales recogidos en la solicitud de participación al presente concurso serán incorporados a la base de datos de la Universidad de Sevilla para la gestión interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por Ley. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a la Dirección Técnica del Área de Personal Docente, Rectorado, C/ San Fernando, 4, 41004, Sevilla.

4. Resolución del concurso.

4.1. Los méritos de los candidatos serán valorados conforme al Baremo General que se anexa a la presente convocatoria (Anexo III) y al Baremo Específico elaborado por la correspondiente Comisión. En las plazas marcadas con un asterisco (*), los participantes habrán de demostrar el dominio de la lengua correspondiente, que podrá ser mediante la realización de una prueba oral presencial ante la Comisión de Contratación.

4.2. Los méritos de los aspirantes serán juzgados por las Comisiones de Contratación constituidas de conformidad con el art. 90 del Estatuto de la Universidad de Sevilla. En las Comisiones juzgadoras de las plazas marcadas con dos asteriscos (**) podrá nombrarse un asesor.

4.2.1. El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando concurran alguna de las causas previstas en el artículo 28 de Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En estos casos, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado.

4.2.2. Dichas Comisiones, una vez constituidas, harán público en los tablones de anuncios del Departamento y del Centro el Baremo Específico que será de aplicación, junto con el Baremo General, para juzgar los méritos de los aspirantes. Dicho Baremo Específico será notificado al Servicio de Programación Docente para su archivo y publicidad en el portal electrónico de la Universidad, conforme a lo dispuesto en la normativa de contratación (artículo 1.7.2) y, en todo caso, se hará público antes de la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos. No se publicará listado provisional de admitidos y excluidos si el citado baremo no ha sido remitido al Servicio de Programación Docente.

4.3. En el plazo máximo de 20 días hábiles desde la recepción de la documentación las Comisiones, que se abstendrán de publicar las Actas, resolverán el Concurso.

Los Presidentes de las Comisiones deberán remitir al Servicio de Programación Docente la propuesta de adjudicación, al día siguiente de haber sido resuelto el concurso, acompañando:

a) Actas, debidamente cumplimentadas en papel, de las sesiones realizadas por la Comisión de Contratación, conforme a lo establecido en el artículo 1.11 de la Normativa sobre Procedimiento de Contratación de Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Asociados.

b) Acta final, debidamente cumplimentada, conteniendo propuesta de adjudicación, en papel y en el soporte informático BACO.

c) La documentación aportada al Concurso por el/los candidato/s propuesto/s. El resto de la documentación presentada por los otros candidatos quedará depositada en el Departamento correspondiente. Toda esta documentación podrá devolverse a los interesados si estos así lo solicitan una vez finalizado el proceso del Concurso, y siempre que no se haya interpuesto recurso. La documentación depositada en la Unidad de Concursos deberá ser retirada por los interesados en el plazo máximo de un año desde la resolución del concurso. Transcurrido un mes después de dichos plazos, se procederá a la destrucción de la documentación que no haya sido retirada.

El Acta final será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad de Sevilla y, a título informativo, en el portal electrónico de la Universidad (http://www.us.es/accesos/pdi/perdoc/contratacion/resolucion_concursos/index.html). Dicha publicación tendrá carácter de notificación a los adjudicatarios de los contratos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5.b) de la Ley 4/1999, por lo que no se efectuará notificación personal alguna.

Contra estas propuestas los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector de esta Universidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación.

5. Duración de los contratos.

5.1. Iniciación.

5.1.1. Los efectos de iniciación del contrato serán desde la fecha de formalización del mismo, que deberá efectuarse en el plazo de 8 días naturales, contados desde la fecha de publicación de la propuesta de adjudicación. En el caso de que el adjudicatario de la plaza no se persone en dicho plazo para la firma del contrato, en el Servicio de Gestión de Personal Docente (Sección de Personal Docente), se entenderá que renuncia al mismo.

5.1.2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, quienes estén ocupando un puesto de trabajo en el sector público que resulte incompatible con el contrato adjudicado, habrán de optar por uno de lo dos dentro del plazo establecido para la firma de dicho contrato. Si optaran por éste, habrán de aportar la solicitud de excedencia en el puesto que vinieran desempeñando. A falta de acción en el plazo señalado se entenderá que optan por el nuevo puesto, pasando a la situación de excedencia voluntaria en el anterior.

Si se tratara de puestos susceptibles de compatibilidad, previa autorización, deberán instarla durante el plazo de la firma del contrato, entendiéndose éste prorrogado en tanto recae resolución.

5.1.3. En el acto de la firma del contrato los adjudicatarios aportarán:

a) Fotocopia del DNI o documento equivalente.

b) Solicitud de excedencia en el puesto que vinieran desempeñando, en su caso.

c) En el caso de extranjeros no nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán aportar la exención del permiso de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el art. 68.6 del R.D. 864/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social, reformado por las Leyes Orgánicas 8/2000, de 22 de diciembre, y 11/2003, de 29 de septiembre.

d) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración Estatal, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y o hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

5.1.4. No se admitirá la retroactividad de efectos económicos en ningún caso.

5.2 Terminación:

La fecha de terminación del contrato será el 30 de septiembre de 2014, pudiendo ser prorrogados conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del 1.er Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y demás normas que resulten de aplicación.

6. Régimen de dedicación.

La dedicación en horas semanales que se indica en la convocatoria se distribuirá en partes iguales entre horas lectivas y de tutorías, reservándose una hora para otras actividades.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 19 de diciembre de 2013.- El Rector, Antonio Ramírez de Arellano López.

A N E X O I

CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS DE PROFESORES ASOCIADOS (TIEMPO PARCIAL)

Núm. de Orden DEPARTAMENTO DE CIRUGÍA

ÁREA DE OFTALMOLOGÍA (646)

02/1/13 - 1 Profesor Asociado (13 h.)

P.D.: Oftalmología.

DEPARTAMENTO DE DERECHO ADMINISTRATIVO

ÁREA DE DERECHO ADMINISTRATIVO (125)

02/2/13 - 1 Profesor Asociado (5 h.)

P.D.: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

02/3/13 - 1 Profesor Asociado (9 h.)

P.D.: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento (horario   de mañana).

02/4/13 - 1 Profesor Asociado (9 h.)

P.D.: «Derecho Audiovisual»/Derecho Publicitario (horario de mañana y tarde).

DEPARTAMENTO DE DIDÁCTICA DE LAS CIENCIAS EXPERIMENTALES Y SOCIALES

ÁREA DE DIDÁCTICA DE LAS CIENCIAS SOCIALES (212)

02/5/13 - 1 Profesor Asociado (13 h.)

P.D.: «Pedagogía y Didáctica de la Religión en la Escuela» (Grado Educación Infantil)/Religión, Cultura y Valores (Grado Educación Primaria)/Síntesis Teológica I: El MensajeSíntesis Teológica II: Praxis Cristiana (Grado Educación Infantil)

DEPARTAMENTO DE FILOLOGÍAS INTEGRADAS

ÁREA DE ESTUDIOS DE ASIA ORIENTAL (568)

02/6/13 - 1 Profesor Asociado (5 h.) (*) (**)

P.D.: «Chino IX»/Chino X

02/7/13 - 1 Profesor Asociado (13 h.) (*) (**)

P.D.: «Chino VII»/Chino VIIIArtes Escénicas y Poesía en China y Japón

02/8/13 - 1 Profesor Asociado (13 h.) (*) (**)

P.D.: «Japonés IV»/Japonés VArtes Escénicas y Poesía en China y Japón

DEPARTAMENTO DE FÍSICA DE LA MATERIA CONDENSADA

ÁREA DE ÓPTICA (647)

02/9-10/13 - 2 Profesores Asociados (9 h.) (**)

P.D.: «Contactología I»/Contactología IITecnología Óptica ITecnología Óptica II/ Instrumentos Ópticos (Grado en Óptica y Optometría)

DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA AEROESPACIAL Y MECÁNICA DE FLUIDOS

ÁREA DE MECÁNICA DE FLUIDOS (600)

02/11-12/13 - 2 Profesores Asociados (9 h.)

P.D.: «Hidráulica e Hidrología» (Grado en Ingeniería Civil)

DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA DEL DISEÑO

ÁREA DE INGENIERÍA DE LA CONSTRUCCIÓN (510)

02/13/13 - 1 Profesor Asociado (13 h.)

P.D.: Construcción y Topografía.

ÁREA DE PROYECTOS DE INGENIERÍA (720)

02/14/13 - 1 Profesor Asociado (13 h.)

P.D.: «Diseño y Producto»/Gestión del Diseño y Desarrollo de Nuevos Productos

DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA Y CIENCIA DE LOS MATERIALES Y DEL TRANSPORTE

ÁREA DE INGENIERÍA E INFRAESTRUCTURA DE LOS TRANSPORTES (530)

02/15/13 - 1 Profesor Asociado (7 h.)

P.D.: «Ingeniería y Explotación Portuaria» (Grado en Ingeniería Civil)

02/16/13 - 1 Profesor Asociado (9 h.)

P.D.: «Infraestructura de Carreteras» (Grado en Ingeniería Civil)

DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA QUÍMICA Y AMBIENTAL

ÁREA DE INGENIERÍA QUÍMICA (556)

02/17/13 - 1 Profesor Asociado (9 h.)

P.D.: «Ergonomía Visual y Prevención de Riesgos Laborales» (Grado de Óptica y Optometría en la Facultad de Farmacia)

DEPARTAMENTO DE MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA

ÁREA DE PARASITOLOGÍA (630)

02/18/13 - 1 Profesor Asociado (9 h.)

P.D.: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento

ANEXO III

BAREMO GENERAL PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORES ASOCIADOS

I (20) + II (10) + III (10) + IV (10) + V (10) + VI (40) = 100

I. RENDIMIENTO ACADÉMICO. Máximo: 20 puntos

II. ACTIVIDAD DOCENTE. Máximo: 10 puntos

III. ACTIVIDAD INVESTIGADORA. Máximo: 10 puntos

IV. OTROS MÉRITOS. Máximo: 10 puntos

V. VALORACIÓN RAZONADA DEL DEPARTAMENTO. Máximo: 10 puntos

VI. ACTIVIDAD PROFESIONAL. Máximo: 40 puntos

I. RENDIMIENTO ACADÉMICO. Máximo: 20 puntos

1) Expediente académico. Máximo: 9 puntos

(e-1) x 3, donde e indica la nota media del expediente académico, expresada con dos decimales.

La nota media se obtiene del siguiente modo:

1.1) Planes de estudios estructurados en créditos: sumando los productos de los créditos correspondientes a cada asignatura por el valor de su calificación1, y dividiendo la suma por el número total de créditos obtenidos.

1.2) Planes de estudio no estructurados en créditos: dividiendo la puntuación total obtenida1 por el número de asignaturas cursadas.

2) Cursos de Tercer Ciclo. Máximo: 2 puntos

2.1) Normativa actual:

(Calificación global del periodo de docencia x 0,333) + (Calificación2 del periodo de investigación x 0,333).

2.2) Normativa anterior: nota media de los cursos de doctorado3 x 0,666.

¹ Aprobado, 1; Notable, 2; Sobresaliente, 3; Matrícula de Honor, 4.

² Aprobado, 1; Notable, 2; Sobresaliente, 3.

³ Aprobado, 1; Notable, 2; Sobresaliente, 3. La nota media se obtiene dividiendo la puntuación total por el número de cursos; se expresa con dos decimales.

3) Tesis doctoral. Máximo: 7 puntos

3.1) Normativa actual:

3.1.1) Aprobado: 2 puntos

3.1.2) Notable: 4 puntos

3.1.3) Sobresaliente: 5 puntos

3.1.4) Cum laude: 6 puntos

3.1.5) Cum laude por unanimidad: 7 puntos

3.2) Normativa anterior:

3.2.1) Apto: 3 puntos

3.2.2) Cum laude: 6 puntos

3.2.3) Cum laude por unanimidad: 7 puntos

4) Premios académicos. Máximo: 2 puntos

4.1) Premio Extraordinario de Licenciatura: 1 punto

4.2) Premio Extraordinario de Doctorado: 1 punto

II. ACTIVIDAD DOCENTE. Máximo: 10 puntos

Se valorará la actividad reglada desarrollada en Facultades, Escuelas Técnicas Superiores o Escuelas Universitarias, de acuerdo con los datos que consten en los Planes de Organización Docente de los Departamentos. En este Apartado II se valorará un máximo de 5 años de actividad; el resto, si lo hubiere, se computará en el Apartado IV (Otros méritos). La docencia de los becarios FPI y asimilados será valorada como la de Profesores Asociados a 3 horas, siempre que conste en los Planes de Organización Docente.

Se tendrá en cuenta la docencia impartida en virtud de contratos excepcionales o de sustitución siempre que el candidato la hubiera desarrollado tras la superación del proceso selectivo previsto en la normativa para la contratación de profesores sustitutos interinos.

Por cada año: dedicación horaria del contrato x 0,25.

III. ACTIVIDAD INVESTIGADORA. Máximo: 10 puntos

1) Libros.

Hasta 6 puntos por cada uno.

2) Capítulos de libros.

Hasta 2 puntos por cada uno.

3) Artículos publicados en revistas científicas.

Hasta 3 puntos por cada uno

4) Participación en proyectos de investigación financiados y ejecutados.

Hasta 1,5 puntos por cada uno.

5) Pertenencia a grupos de investigación.

Máximo: 1 punto.

6) Estancias en centros de investigación.

Máximo: 5 puntos.

7) Participaciones en congresos o reuniones científicas.

Hasta 4 puntos.

- Ponencia: 2 puntos.

- Comunicación: 0,5 puntos.

- Edición de actas: 1 punto.

8) Ser o haber sido becario de FPI o asimilado.

1,5 puntos por año completo.

9) Otros méritos investigadores.

Hasta 5 puntos.

IV. OTROS MÉRITOS: Máximo: 10 puntos

Becas de colaboración: hasta 2 puntos

Alumno interno: hasta 1 punto

Colaboradores honorarios : hasta 1 punto

Becas de postgrado: hasta 2 puntos

Conocimiento de idiomas relevantes para la investigación: hasta 2 puntos

Prácticas tuteladas externas: hasta 2 puntos

Actividades de libre configuración impartidas: hasta 2 puntos

Premios oficiales o prestigiosos: hasta 1 punto por cada uno

Otras titulaciones académicas: hasta 2 puntos

Cursos de especialización (Master, Experto, etc.): hasta 4 puntos

Asistencia a cursos, congresos o reuniones científicas: hasta 2 puntos

Actividad docente universitaria no valorada en el Apartado II: hasta 4 puntos

Actividad docente no universitaria: hasta 4 puntos

Tesina o trabajo de investigación: hasta 3 puntos, según su   calificación

Otros méritos: hasta 2 puntos

V. VALORACIÓN RAZONADA DEL DEPARTAMENTO: Máximo: 10 puntos

Este Apartado expresa la adecuación de los méritos de cada uno de los concursantes al perfil de la plaza. La puntuación del Departamento se incorpora a la Comisión de Contratación.

VI. ACTIVIDAD PROFESIONAL. Máximo: 40 puntos

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