Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 27/02/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 7 de febrero de 2014, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Coín, dimanante de autos núm. 178/2013.

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NIG: 2904242C20130000453.

Procedimiento: Familia.Guarda/custod/alim.menor no matr.noconsens 178/2013. Negociado: LG.

De: Ana María Bradescu.

Procuradora: Sra. Gloria Jiménez Ruiz.

Letrada: Sra. Raquel Guzmán Aguilar.

Contra: Tarik Zaz.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia.Guarda/custod/alim.menor no matr.noconsens 178/2013, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Coín a instancia de Ana María Bradescu contra Tarik Zaz, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 8/2014

En Coín, a 7 de febrero de dos mil catorce.

Vistos por doña Cristina Hurtado de Mendoza Navarro, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de los de Coín, los presentes autos de medidas paterno filiales seguidos con el núm. 178/13, a instancias de doña Ana María Bradescu, representada por la Procuradora doña Gloria Jiménez Ruiz y asistida por la Letrada doña Raquel Guzmán Aguilar contra don Tarik Zaz, declarado en rebeldía, con la intervención de Ministerio Fiscal, procede dictar la presente sentencia.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por doña Ana María Bradescu, representada por la Procuradora doña Gloria Jiménez Ruiz y asistida por la Letrada doña Raquel Guzmán Aguilar, contra don Tarik Zaz, se establecen como medidas paterno filiales en relación con el hijo menor Israel Zaz Bradescu las siguientes:

1. La patria potestad de titularidad común será ejercida en exclusiva por doña Ana María Bradescu.

2. Corresponde la guarda y custodia a la madre.

3. No se establece régimen de visitas.

4. Se establece una pensión alimenticia a favor del menor de 200 euros mensuales que habrán de abonarse en la cuenta que al efecto designe la demandante dentro de los cinco primeros días de cada mes, pensión que se actualizará cada uno de enero con el incremento que sufra el IPC.

Los gastos extraordinarios serán abonados por mitad por ambos progenitores, previa justificación documental de los mismos.

No se impone condena en costas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado, en el término de veinte día desde el siguiente a su notificación.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Tarik Zaz, extiendo y firmo la presente en Coín, a siete de febrero de dos mil catorce.- El/La Secretario.

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