Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 24/03/2014

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Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales

Acuerdo de 4 de marzo de 2014, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Málaga, para la notificación por edicto de la Resolución de 24 de octubre de 2013, relativo al expediente de solicitud de declaración de idoneidad para Adopción Internacional.

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Notifíquese Resolución de fecha 24.10.2013 por la que se declara la Idoneidad para Adopción Internacional a los interesados don Juan Manuel Hernández López y doña Leonor Muñoz Pastrana, advirtiendo que contra la presente Resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Málaga en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.

Se les significa que en los procedimientos en los que se sustancie la oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores tendrán carácter preferente según el art. 779 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Una vez resuelta la Idoneidad, para continuar la tramitación del procedimiento deben proceder a elegir el Estado o Estados, hasta un máximo de dos, previa comprobación de que cumplen los requisitos exigidos por los mismos (información contenida en la web oficial http://juntadeandalucia.es/organismos/saludybienestarsocial/areas/infancia-familias.html), según el art. 54.3 del Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de Acogimiento Familiar y Adopción, al cual dirigir su expediente, así como la vía de tramitación (Entidad Pública o Entidad Colaboradora de Adopción Internacional o ECAI).

Para formalizar la elección de Estado, acudan al Servicio de Protección de Menores de Málaga sito en C/ Tomás Heredia, núm. 18, para concertar una cita.

En virtud de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, «Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el medio a que se refiere el punto 1 de este artículo, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón del Ayuntamiento en su último domicilio y en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, según cuál sea la Administración de la que proceda el acto a notificar, y el ámbito territorial del órgano que lo dictó».

Málaga, 4 de marzo de 2014.- El Delegado, Daniel Pérez Morales.

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