Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 26/03/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 10 de enero de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Sevilla, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 447/2012. (PP. 256/2014).

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NIG: 4109142C2012Q013269.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 447/2012. Negociado: 5G.

De: BMW Bank GMBH Sucursal en España.

Procurador: Sr. Juan Francisco García de la borbolla Vallejo.

Contra: Francisco Ruiz Ramos.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 447/2012 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Sevilla a instancia de BMW Bank GMBH Sucursal en España contra Francisco Ruiz Ramos, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 225/2012

En Sevilla, a veinte de septiembre de dos mil doce.

Vistos por doña Josefa Arévalo López, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de los de esta ciudad, los presentes autos de Juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad, registrados con el número 447/12-5G; en el que han sido partes: como demandante BMW Bank GMBH Sucursal en España, representada por el Procurador don Juan Francisco García de la Borbolla y Vallejo, asistida por el Letrado don Javier de Cossio Pérez de Mendoza; y como demandado, don Francisco Ruiz Ramos, declarado en rebeldía, se procede, en nombre de S.M. El Rey, a dictar la presente resolución.

FALLO

Estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador don Juan Francisco García de la Borbolla y Vallejo, en nombre y representación de BMW Bank GMBH Sucursal en España, contra don Francisco Ruiz Ramos debo:

Primero. Condenar y condeno al demandado a que abone a la demandante la cantidad de 18.076,76 euros.

Segundo. Condenar y condeno al demandado al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 455.1.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, contra la misma podrá interponerse recurso de apelación. El recurso deberá interponerse ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el siguiente a su notificación (ex artículo 458.1 de la LEC, en su redacción dada por la Ley 37/2001, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal, en relación con la disposición transitoria única de esta última), o en su caso, al de la notificación de su aclaración o denegación de ésta. Asimismo, al tiempo de la notificación hágase saber a las partes que para la admisión del recurso previamente deberá consignarse la cantidad de 59 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, en concepto de depósito para recurrir, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, salvo que concurran alguno de los supuestos de exclusión que la misma prevé en su número 5, o sean titulares del derecho de asistencia jurídica gratuita. En la misma notificación se indicará la forma de efectuar el mencionado depósito.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Francisco Ruiz Ramos, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a diez de enero de dos mil catorce.- El/La Secretario/a.

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