Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 26/03/2014

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 10 de febrero de 2014, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Adjunto a Intervención del Ayuntamiento de Marbella, mediante el sistema de libre designación.

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Vacante el puesto de trabajo de Adjunto a Intervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, del Excmo. Ayuntamiento de Marbella (Málaga), por dicho Organismo se han aprobado las bases de selección y se ha acordado asimismo su convocatoria con fecha 14 de enero de 2014, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en los artículos 27 y 28 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, aplicable en virtud da la disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con el artículo 7.2.d) del 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, esta Dirección General de Administración Local

RESUELVE

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Adjunto a Intervención, con las características que a continuación se indican, vacante en la plantilla de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional del Excmo. Ayuntamiento de Marbella (Málaga).

a) Corporación: Excmo. Ayuntamiento de Marbella (Málaga).

b) Denominación y clase del puesto: Adjunto a Intervención.

c) Nivel de complemento de destino: 30.

d) Complemento específico: 55.608,48 euros/anuales.

f) Requisitos para su desempeño: Pertenecer a la Subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior, que no se encuentren en ninguna de las siguientes situaciones:

- Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

- Los funcionarios destituidos a que se refiere el art. 148.5 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.

- Los funcionarios en situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el art. 29.3.c) y d) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

Los requisitos establecidos deberán reunirse en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Los interesados presentarán sus solicitudes, dirigidas a la Sra. Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de Marbella en el Registro General de entrada de dicho Ayuntamiento, sito en Plaza de los Naranjos, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los quince días naturales siguientes a partir del día siguiente a la publicación de estas bases en el BOE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal (en su nueva redacción dada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio).

La instancia solicitando tomar parte en la convocatoria expresará que los candidatos reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. A la solicitud se acompañará relación de méritos profesionales y académicos, en la que consten los títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios, cursos, así como cualquier otro mérito que se estime oportuno poner de manifiesto. Los méritos alegados por los candidatos se acreditarán mediante la presentación de documentos públicos administrativos originales o copias debidamente compulsadas por Secretaria General o fedatario público legalmente habilitado al efecto.

A estos efectos los méritos alegados se computarán hasta el último día, inclusive, del plazo de presentación de solicitudes.

La Junta de Gobierno Local procederá, en el plazo de un mes y previa constatación de la concurrencia, en los participantes de los requisitos exigidos en esta convocatoria, a dictar la correspondiente resolución de conformidad con el art. 28.3 del Real Decreto 1732/1994 (según redacción dada por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio).

De la expresada resolución se dará traslado al órgano competente de la Junta de Andalucía y a la Dirección de Cooperación Local del Ministerio de Administraciones Públicas, para la anotación y publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado.

Segundo. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o, en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien interponer directamente el recurso contenciosos-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Concluido dicho plazo, esta Alcaldía, previa constatación de la concurrencia de los requisitos de la convocatoria, procederá a dictar la resolución correspondiente de la adjudicación del puesto, en el plazo máximo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma a la Dirección General de Administración Local de la Junta de Andalucía, para anotación y publicación en BOE de dicha adjudicación. La citada resolución del Alcalde se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del/de la candidato/a elegido/a, de los requisitos y especificaciones de la convocatoria y a la competencia para proceder al nombramiento, debiendo quedar acreditada, en todo caso, la observancia del procedimiento debido.

Sevilla, 10 de febrero de 2014.- El Director General, Francisco Javier Camacho González.

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